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Fueron y ya no son: los «ex»

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Fueron y ya no son.

Son los "ex". ¿Ex ministros? o ¿exministros?

La prensa viene bien surtida estos días de nombramientos en la Administración, con motivo del cambio de Gobierno en España. También de continuas referencias a los cargos de los que fueron y ya no son. Es decir, los ex.

Pero el baile de cargos no se refleja igual en unos u otros medios escritos. Por ejemplo, en Abc leo ex ministra de Defensa, cuando en El país me encuentro con exministro de Educación o exministra de Ciencia e Innovación. Si al prefijo ex le sigue un nombre compuesto parece que hay más unanimidad: ex secretario de Estado de Cooperación Territorial (Abc), o ex secretarios de Estado (El país); o ex directora general de Instituciones Penitenciarias (publico.es), aunque exSecretario de Estado para el Deporte (Deia).

Bien, como parece que hay un poco de lío, consulto en el oráculo de Google y me sale así: ex ministro, 97 millones de resultados; exministro, 2,5 millones de resultados (supongo que va incluido aquí lo de exMinistro). Y por otra parte, Word no me deja escribir exministro (me lo cambia por ex ministro).

El pitote lo ha montado la Real Academia Española (RAE), que ha cambiado de criterio en su Ortografía de la lengua española (OLE10). Antes, separado; ahora, junto «con sustantivos que denotan ocupaciones, cargos, relaciones o parentescos alterables«, siempre y cuando la base sea una sola palabra (exjugador, expresidente, exnoviaexyerno). Si la base es pluriverbal (más de una palabra), se mantiene separado (ex alto cargo, ex teniente coronel, ex secretario de Estado). Lo de exSecretario de Estado, lo mismo que exMinistro, es directamente una falta de ortografía. Cuando el prefijo ex antecede a otro prefijo ya soldado (vicerrector, vicepresidente), se suelda igualmente (exvicerrector, exvicepresidente).

Pero no puedo terminar este post sin hacer una referencia a las discrepancias públicas (numerosas) sobre esta norma que nos ha cambiado la RAE. Por ejemplo, nos encontramos con la propuesta de exsuegra (OLE10: 538), un disparate ortográfico, según el también académico Javier Marías, quien nos recuerda (Dos postdatas, en El país semanal) que la x engloba dos sonidos en nuestra lengua: k+s (exudar/eksudar, eximio/eksimio) y ahora nos podemos encontrar con exsacerdote/ekssacerdote o exsoldado/ekssoldado. O exxenófobo/eksksenófobo (!).

También Martínez de Sousa (La ortografía académica del 2010: cara y dorso, p. 13) asegura que no hará excepciones con la base pluriverbal (así escribirá exguardia civil y no ex guardia civil, como quiere la Academia).

Pero que no se asuste nadie. Todo sea, RAE dixit, «en aras de una mayor coherencia del sistema ortográfico» (OLE10: 538).

Primer aniversario

Autor: Ryanlerch

Este blog cumple hoy, cuando comienza el otoño, un año de servicio. El 23 de septiembre de 2010 se estrenaba con el post Adjunto remito, de tan larga tradición en el lenguaje administrativo. En este tiempo he publicado 35 entradas y el blog ha recibido cerca de 12.000 visitas. Hay cincuenta suscriptores que reciben las alertas de publicación por correo electrónico. Para llegar hasta el blog, los internautas teclearon en los buscadores hasta setecientas veces lenguaje administrativo y hasta casi doscientas, adjunto remito.

En cuanto al origen, aparte de España, el país desde donde se conectaron más fue Argentina, seguido de Perú, México, Colombia, Guatemala, Puerto Rico, Portugal y Brasil, entre los iberoamericanos. Hay también entradas desde el Reino Unido, Estados Unidos y ¡Japón!

Forzoso aquí es dar las gracias a quienes han enlazado este blog desde sus páginas web, porque ellos han contribuido, con su recomendación cualificada, a una mayor difusión:

http://elogiemosahorareportajesfamosos.blogspot.com/ (gracias, Rosa).

http://www.fernandezbeltran.es/ (gracias, Paco)

http://thespanishstuff.wordpress.com/author/thespanishstuff/ (gracias, Sara)

Y también:

http://gutielez.wordpress.com/2011/03/22/contra-la-afectacion-del-lenguaje-juridico/

http://www.delicious.com/carla1980/lenguaje_administrativo

Gracias igualmente al foro de apunteros de la Fundeu, llevado con tanto arte y eficacia por Alberto Gómez Font y Javier Bezos. Ellos son una fuente de primera mano para lo que aquí aparece.

Hay otros muchos nombres, compañeros, amigos… que han participado y participan contribuyendo a su difusión, con sus buenos consejos, con su apoyo y sus comentarios. A todos ellos, gracias. Y gracias también, muy especialmente, a quien más me animó a lanzarlo, Antonio, compañero mío, periodista.

Este blog no se puso en marcha para agradar a nadie. Tampoco para buscar la polémica, aunque, desde luego, no pretendo rehuirla. Y ahí está nuestro lema, el de todos los que lo hacemos (también tú, amigo lector): Contra el lenguaje oscuro, contra el lenguaje recargado y espeso. Por un lenguaje claro.

Ahí estamos.

Ambigüedad o precisión: cuando falta el artículo

Sin el artículo, el sustantivo al que debería acompañar adquiere un matiz genérico: "Modificación del procedimiento abierto".

Sin el artículo, el sustantivo al que debería acompañar adquiere un matiz genérico: «Modificación del procedimiento abierto».

Tiro de archivo y me encuentro con un anuncio de AENA.  Lo primero que me ha saltado a la vista es ese titulillo: Modificación procedimiento abierto. ¡Falta el artículo! Modificación del procedimiento abierto. Podría, incluso, tratarse de una errata. Pero me temo que no. Dice el Manual de estilo del lenguaje administrativo (1997: 77):

…consideramos la omisión generalizada del artículo como una de las características más sobresalientes del lenguaje administrativo.

Y, entre otros, nos pone los siguientes ejemplos (lo que va entre corchetes no aparece en el original):

Con artículo o sin artículo, no es lo mismo (ilustración Bayuela).

Con artículo o sin artículo, no es lo mismo (ilustración Bayuela).

  • Deberá remitirse a esta Jefatura [el] justificante…
  • Le remito [la] copia de la resolución…
  • Para cumplir [la] sanción de suspensión…
  • Se acompaña [el] original del Acta…
  • Remitiendo [la] nota de cargo a esta Tesorería…
  • Remitir [el] importe por giro postal…

El problema aquí es de incorrección gramatical (es necesario el artículo cuando presenta al sujeto o al complemento directo), pero es tan frecuente en el lenguaje administrativo que casi es más chocante encontrarnos el artículo. Sin el artículo, el sustantivo al que debería acompañar adquiere un matiz genérico. Modificación procedimiento es cualquier procedimiento; Modificación del procedimiento abierto es un procedimiento concreto. Es decir, que sin el artículo tendemos a la ambigüedad y con el artículo estamos más cerca de la precisión en lo escrito. Es lo mismo, por ejemplo, que remito informe (¿qué informe?), o se solicita copia (¿qué copia?).

Esta joyita de anuncio trae otras perlas (lo siento, no me resisto), como: Comunicación de empresas prepresentadas [sic] a partir del día 11 de julio de 2011. ¡Hala! Sin comas ni nada. Pues tal y como va se refiere a ¿las? empresas que se presenten a partir del 11 de julio. Pero supongo que en realidad habla de que las empresas que se hayan presentado a esta convocatoria tendrán respuesta a su solicitud a partir del 11 de julio. Lo que se podría haber redactado así: Las empresas que se hayan presentado dispondrán de la oportuna comunicación a partir del 11 de julio de 2011. Bueno, solo es una posibilidad.

Fórmulas cortesanas, arcaicas y pintorescas

Fórmulas arcaicas

En las comunicaciones de los ciudadanos con la Administración podemos encontrarnos fórmulas fosilizadas, que expresan un sentido reverencial.

A pesar de los pesares, a pesar de todas las campañas que se han hecho y que se hacen de formación para funcionarios y de difusión de la modernización del lenguaje administrativo, todavía aparecen —y lo que te rondaré— fórmulas arcaicas que expresan un sentido reverencial para la Administración. El documento administrativo de uso ciudadano por excelencia es la solicitud. Es el que la ciudadanía utiliza para comunicarse con la Administración. Muchas veces, casi siempre, se le ofrecen al peticionario formularios para que pueda rellenar. Estos formularios deberán estar escritos, de preferencia, en primera persona y, básicamente, en tres bloques: identificación del solicitante, con nombre y apellidos; exposición de los hechos (EXPONGO) y solicitud (SOLICITO). Termina con la firma, lugar y fecha, y destinatario al pie del documento.

Pero —¡atención!— todavía pueden aparecer textos infiltrados (fórmulas cortesanas, arcaicas o pintorescas) que deberemos descubrir y, en su caso, rechazar:

De expresión del solicitante en tercera persona:
  • El que suscribe
  • El abajo firmante
De aproximación:
  • Ante V.I. acude
  • Ante V.I. comparece
  • Ante V.I. recurre
De respeto:
  • Y respetuosamente
  • Y con el debido respeto
  • Y con todo respeto
  • Y con el mayor respeto
De exposición:
  • Tiene el honor de exponer
Cautelar:
  • Que creyendo reunir
  • Que estimándose comprendido
De conexión:
  • Es por lo que
  • Es causa por la que
  • Por todo lo cual
  • En su virtud
  • En mérito de lo expuesto
De petición:
  • Suplica a V.I.
  • Suplica encarecidamente
  • Respetuosamente suplica
Dignación:
  • Se digne admitir
  • Tenga a bien conceder
De merced:
  • Gracia
  • Es gracia
De expectación o confianza:
  • Que no duda alcanzar
  • Que espera merecer
  • Que desea alcanzar
De apelación de las cualidades del destinatario:
  • De la bondad de V.I.
  • De la reconocida bondad de V.I.
  • Del recto proceder de V.I.
De salutación final:
  • Cuya vida guarde Dios muchos años
  • Dios guarde a V.I. muchos años
Indicación del destinatario:
  • Ilmo. Sr.
[Adaptación de las fórmulas de ritual, publicadas por Blanco de Tella (1968) en Documentación Administrativa, 122, 73-78].

¿Existirán todavía estas fórmulas fosilizadas? Quiero creer que no.

La AEAT, un galicismo y otras minucias

Subastas a celebrar

La AEAT anuncia subastas

Ando (andamos todos) estos días a vueltas con la declaración de la renta. A unos nos sale a pagar (todavía más) y a otros, a devolver. Ando en estas, ya digo, cuando me encuentro en la prensa el anuncio que aquí traigo.

La AEAT (deduzco por el contexto que se trata de la llamada Agencia Estatal de Administración Tributaria) publica un aviso bien cargadito de mayúsculas (facilitar la legibilidad, se llama eso) para hacer saber a los ciudadanos (nosotros) que el día 15 de junio se van a celebrar unas subastas (deduzco por el contexto que se trata de bienes). Con mi agudeza visual observo que repite dos veces la palabra pujas (¿pobreza de vocabulario, quizá?) en un texto que suma veintidós palabras, donde no encontrarás una coma o un punto y donde sí echarás en falta algún acento (p.e., en la dirección: *GUZMAN EL BUENO).

Pero no, en esta ocasión yo no iba por ahí. Una vez más, lo que ha llamado mi atención ha sido el titular: Subastas a celebrar el 15 de junio de 2011. Dice la Nueva gramática de la lengua española (2009) que la construcción a + infinitivo transitivo […] «se propagó con mayor intensidad en el siglo XIX por influencia del francés, en especial con sustantivos abstractos» (apartado 26.6l). Y pone, entre otros, los siguientes ejemplos: dinero a repartir, política a seguir, errores a corregir, cuestiones a resolver, reunión a celebrar… Y remata: «A pesar de su extensión, posee escaso prestigio en el español actual». Por fin, nos recomienda sustituir esa a por otras preposiciones: cuestiones por resolver, asuntos para tratar

El Manual de estilo de lenguaje administrativo (1997: 97) nos dice que “la lengua común y el lenguaje administrativo tienden a utilizar frecuentemente el giro compuesto nombre + a + infinitivo: documentos a presentar, procedimiento a seguir, cuotas a compensar…”. Lo que aquí se expresa es que el sustantivo ha de recibir la acción enunciada por el infinitivo (documentos que han de ser presentados).

Luciana Calvo Ramos, en su Introducción al estudio del lenguaje administrativo (1980: 65) considera esta construcción un galicismo sintáctico: concurso a convocar, parcelas a ocupar, elementos a importar

En nuestro caso, y por ir rematando, la solución a este titular, poco o casi nada meditado, podría ser:

  • Subastas para celebrar el 15 de junio
  • Subastas que hay que celebrar
  • Subastas que se celebrarán

En mi descargo (ver más arriba), recordaré que el académico Manuel Seco en su Diccionario de dudas (2005) aconseja dejar esta construcción para usos bancarios, comerciales y contables: total a pagar, efectos a cobrar, cantidades a deducir.

Y ahora pido perdón a quien haya llegado hasta aquí en su lectura por haberme puesto tan pedante. Pero ¡qué a gusto me he quedado con la AEAT!

Mayúsculas invasoras

Ilustración: ClipArtETC (Roman Renaissance Alphabet)

Ilustración: ClipArtETC (Roman Renaissance Alphabet)

Cuántas veces no nos habremos enfrentado a un documento administrativo, o un cartel, o un aviso, o un anuncio, escrito en su integridad en mayúsculas. O casi en su integridad. Esos textos de avisos en las comunidades de vecinos, por ejemplo. O en las vitrinas de las facultades. O en una sala de espera de un organismo público. Parece como si el redactor pensara que de esa forma, escribiendo todo, o casi, en mayúsculas se iba a hacer comprender (¿oír?) mejor. El lenguaje administrativo, que tiene sus propios códigos, abusa muchas veces de las mayúsculas.

Lo mejor será guiarnos por la Ortografía de la lengua española (en adelante OLE10). A ella nos remiten, junto con el DRAE y el DPD, las Directrices de técnica normativa de 28 de julio de 2005 (apartado IV. Criterios lingüísticos generales). Bien entendido que lo normal a la hora de escribir un texto es emplear como letra base la minúscula, aplicando la mayúscula en los casos prescritos por las reglas. El objetivo, siempre, será favorecer la legibilidad y visibilidad en textos cortos. En todo caso, su uso no es preceptivo. Sin agotar la casuística (este blog no es un tratado ni un manual), algunos ejemplos en los que sí aplicar el criterio de todo en mayúsculas son (OLE10: 4.4.):

  • En textos jurídicos y administrativos, los verbos que expresan la finalidad del escrito o que introducen cada una de sus partes fundamentales para favorecer su rápida lectura: CERTIFICA, EXPONE, SOLICITA, CONSIDERANDO.
  • Los términos en los que se alude de forma breve y repetida a las partes que se citan como intervinientes en documentos de carácter jurídico o administrativo: La Universidad Autónoma de Madrid, en adelante la UNIVERSIDAD…; D. José Pérez García, en adelante, el DEMANDANTE
  • Los textos de los carteles de aviso o de las pancartas: NO UTILIZAR EN CASO DE INCENDIO; PROHIBIDO ESTACIONAR; NO A LA GUERRA.
  • En textos de carácter informativo, las frases que expresan el contenido fundamental del escrito: Por motivos de higiene, SE PROHÍBE DEPOSITAR BASURAS EN LA VÍA PÚBLICA.
  • Términos como aviso, nota, advertencia, posdata, etc., cuando introducen de forma autónoma los textos correspondientes: AVISO: El pago de recibos solo podrá efectuarse los martes y jueves.

¡Horror! Por la proliferación de mayúsculas esto se parece mucho a un texto administrativo. ¿A que sí?

¡Ojo! En los correos electrónicos la escritura íntegra en mayúsculas equivale a gritar. En internet se recomienda evitar su empleo ¡Acabáramos!

Ilmo. y Excmo., ¿sí o no?

Tratamientos honoríficos

La utilización de tratamientos honoríficos en los documentos administrativos no es un requisito. (Ilustración: COSTA, con ClipArt ETC)

La utilización de tratamientos honoríficos en los documentos administrativos no es un requisito. Su uso se restringe hoy a los casos de máxima representación pública y a los documentos de carácter protocolario. La modernización del lenguaje administrativo nos obliga. El Manual de Documentos Administrativos (2003) lo recoge así:

Se suprimirán todo tipo de tratamientos y fórmulas honoríficas en el texto o cuerpo de los documentos, así como sus abreviaturas (V. I., V. E.). Únicamente podrán mantenerse los más corrientes don y señor y sus equivalentes femeninos cuando se utilicen delante de nombres y apellidos.

Por ejemplo, ya no escribiremos expresiones del tipo: «Se ha enviado al Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Presidencia un amplio informe sobre…«. Pero sí podremos escribir esto: «Se ha enviado al señor secretario general de la Consejería de Presidencia…«. Y tampoco: «Para su conocimiento, remito a V. I., copia de…«. Lo podremos sustituir por: «Para su conocimiento le remito copia de…«.

El Código de Buen Gobierno (BOE del 7 de marzo de 2005), en el punto 8 del apartado tercero, Principios de conducta, dice:

El tratamiento oficial de carácter protocolario de los miembros del Gobierno y de los altos cargos será el de señor/señora, seguido de la denominación del cargo, empleo o rango correspondiente.

Y la Ley Orgánica 4/2007, que modifica la LOU (BOE del 13 de abril), señala en su disposición adicional decimotercera:

Las autoridades universitarias recibirán el tratamiento de señor o señora, seguido de la denominación del cargo. Los rectores de las universidades recibirán, además, el tratamiento académico de Rector Magnífico o Rectora Magnífica.

Por cierto, que aquí nos enteramos de algo que conviene subrayar. Lo de Magnífico no es honorífico (perdón por el pareado); lo de Magnífico es tratamiento académico y va asociado a la condición de rector como cargo. De modo que nos ahorraremos lo de, por ejemplo, «contra la presente resolución podrá interponer recurso ordinario ante el Excmo. Sr. Rector«. Y sí podremos escribir: «…recurso ordinario ante el señor Rector Magnífico«. Y para nada: «… ante el Magfco. y Excmo. Sr. Rector«, más frecuente de lo que parece a simple vista.

Adenda de abreviaturas:

  • Excmo. /Excelentísimo
  • Ilmo. /Ilustrísimo
  • V. I. /Usía Ilustrísima
  • V. E. /Vuestra Excelencia
  • Magfco. /Magnífico

Fechas con y sin solemnidad

Calendario retocado

Hay una forma preferible de escribir una fecha: Santiago de Compostela, 4 de octubre de 2014. (Ilustración: OpenClipArt)

La forma correcta de escribir una fecha es la siguiente: Madrid, 6 de mayo de 2011. Es decir: lugar, fecha. Son incorrectas las formas: En Madrid, a 6 de mayo de 2011 y Madrid, a 6 de mayo de 2011 (la introducción de la preposición a es un galicismo). Sin embargo, no hay problema para escribir en cartas y documentos la expresión Firmado en Madrid, a 6 de mayo de 2011. Todo esto, naturalmente, se refiere al uso del lugar y fecha en los documentos administrativos. En documentos especialmente solemnes, escrituras públicas, actas notariales o cheques bancarios es normal escribir la fecha enteramente con letras: Seis de mayo de dosmil once.

En documentos administrativos no se deben utilizar fórmulas abreviadas del tipo: 6-5-2011; 6/V/2011, o 6.5.11. En este caso no es que sea incorrecto, porque son fórmulas válidas. No es correcto solo para los documentos administrativos.

Por otra parte, la RAE recomienda para el uso de la fecha en documentos y cartas no usar el artículo el delante del año: mayo de 2011,; mayo del 2011, no. Fuera de este contexto (cartas y documentos) están perfectamente normalizadas expresiones del tipo: Fui al Caribe en el verano del 2008 (para quienes fueran al Caribe, naturalmente).

Y recuerda: entre lugar y fecha, coma (Valencia, 21 de febrero de 2000); la expresión numérica de los años no lleva punto nunca (2001, sí; 2.001, NO); los meses, siempre en minúscula (6 de mayo de 2011, sí; 6 de Mayo de 2011, no).

Por último, es arcaico (y por tanto está en desuso) expresiones del tipo: La ley se aprobó en 3 de mayo. Aquí, lo normal es usar el artículo: La ley se aprobó el 3 de mayo. Aunque en el lenguaje administrativo, como bien sabemos, lo arcaico dura y dura…

La misma con el mismo

Su consumo por los mismos

Los menores de 18 años son «los mismos».

El texto, en una hoja DIN A4, situada en la pared tras de la barra de bares y cafeterías en la Comunidad de Madrid, reza como sigue:

Se prohíbe la venta y suministro de bebidas alcohólicas a menores de 18 años y su consumo por los mismos. (Artículo 30.2 de la Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre Drogodependencias y otros trastornos adictivos).

Estamos ante el uso abusivo de una palabra que expresa repetición (forma anafórica), que vuelve sobre algo ya dicho. El mismo o la misma es un adjetivo que se sitúa normalmente entre el artículo o el determinante y el sustantivo al que modifica: el mismo día, esta misma semana… Pero también puede sustantivarse (DPD) y, en ese caso, mantiene los sentidos de identidad y de igualdad o semejanza que le son propios: Sus ideas reformistas solo cambian de posición, pero son las mismas (Vitier Sol [Cuba 1975]).

En el lenguaje administrativo su uso sustantivo es frecuente, y casi siempre innecesario, pero también en el lenguaje político y el periodístico. En el DPD se desaconseja su empleo «como mero elemento anafórico, esto es, como elemento vacío de sentido cuya única función es recuperar otro elemento del discurso ya mencionado». Convierte el mensaje en algo lento y pesado de leer, puesto que es una forma redundante. Así, en la frase los acuerdos serán firmados por el titular del órgano o el representante de la entidad que suscriba los mismos, se debió escribir mejor: Los acuerdos serán firmados por el titular del órgano o el representante de la entidad que los suscriba. Es decir, que lo recomendable es sustituir mismo(s) por un demostrativo, un posesivo o un pronombre personal, según convenga.

En el caso que nos ocupa, bastaba con esta redacción:

Prohibida la venta y el suministro de bebidas alcohólicas a los menores de 18 años.

Lo del consumo, que aparece en el texto original, se entiende que es en el local donde se cuelga el cartel de marras.

También hay otra opción, por ejemplo:

Está prohibida la adquisición y el consumo de bebidas alcohólicas por los menores de 18 años en este establecimiento.

El maestro Lázaro Carreter, en El dardo en la palabra (1997: 310-313), nos trasladaba este diálogo para besugos:

—Juraría que me había echado las llaves al bolsillo de la chaqueta, pero no llevo las mismas en el mismo.

—¿Te has mirado en el pantalón? Puedes llevarlas en los bolsillos del mismo.

—No, no llevo las mismas en los mismos. Al salir de casa habré dejado las mismas sobre algún mueble de la misma, mientras sacaba el abrigo y me ponía el mismo.

—Tendrás que llamar al cerrajero para que abra la puerta.

—Sí, aquí tengo el teléfono del mismo. Nos cambió la cerradura de la misma hace poco, y conocerá la misma

Pues eso.

El crecimiento [del empleo] y el procedimiento de reconocimiento

Ojos locos

¿Existe el lenguaje obtuso? No lo sé. Pero yo diría que aquí tenemos una muestra. (Ilustración: OpenClipArt).

Gobierno, sindicatos y empresarios acaban de pactar una reforma que alarga la vida laboral de los trabajadores. El texto del documento se recoge en el Acuerdo Social y Económico para el crecimiento, el empleo y la garantía de las pensiones que firmaron el miércoles en La Moncloa junto a Rodríguez Zapatero, el ministro de Trabajo, los líderes sindicales de CC.OO. y UGT, y los presidentes de CEOE y Cepyme (grandes y pequeñas empresas). La trascendencia y contextualización de este acuerdo la tiene el lector en publicaciones digitales, audiovisuales y convencionales. Yo simplemente he querido traer al blog algunas perlas (no todas, por favor) de ese lenguaje obtuso con que quienes redactan documentos oficiales se empeñan en castigar al ciudadano (señoras y señores de a pie, contribuyentes, al fin y al cabo, todos).

Lenguaje guerrero con paronomasia y rima interna:

Con este objetivo, se hace necesario actuar con decisión y convicción avanzando simultáneamente en varios frentes para lograr alcanzar los objetivos señalados (p. 4, 5º párrafo).

Expresiones vacías:

La apuesta común se orienta a subrayar el protagonismo de una política industrial moderna, competitiva y que incorpore tecnologías, innovación y personal cualificado, con vistas a establecer una estrategia que mejore las condiciones en las que se desenvuelve la actividad industrial (p. 5 3er. párrafo).

Concisión, por favor. ¿Por qué no se nos explica en el párrafo que sigue a quién exactamente se refiere el redactor? ¿Productores? ¿Distribuidores?

Todos los agentes implicados en el proceso de determinación de los precios deben asumir su responsabilidad para evitar desviaciones al alza… (p. 5, 5º párrafo).

Más rimas internas y más expresiones vacías:

La reforma de la sostenibilidad del sistema pasará además por reforzar su universalidad a través de los sistemas complementarios (p. 6, 4º párrafo).

Concisión, por favor. Sobra lo tachado por mí:

Es preciso seguir avanzando hacia un crecimiento económico robusto que se traduzca en un nivel de creación de empleo capaz de reducir el número de personas desempleadas (p. 18, 1er. párrafo).

Claridad, por favor. Pobreza de vocabulario:

Las partes acuerdan una reforma de las políticas activas de empleo que contribuya a la mejora del mercado de trabajo y a la mayor empleabilidad de quienes buscan su empleo (p. 18, 2º párrafo).

Longitud desmesurada del párrafo. Son 76 palabras sin un punto y seguido,  para decirnos que quienes acrediten experiencia sin estudios específicos podrán tener su título de FP. Aderezado con alguna rima interna:

[Las partes firmantes acuerdan]: Incrementar la oferta de plazas de formación profesional en el sistema educativo dirigidas a los sectores con mayores posibilidades de crecimiento del empleo y convocar el procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral especialmente dirigido a la población que hoy se encuentra en paro y no tiene ninguna cualificación reconocida, para posteriormente ofrecerles la formación complementaria que necesitan para obtener un título de formación profesional o un certificado de profesionalidad (p. 22, penúltimo párrafo).

Se suponía que este era un texto para celebrar (los que salían ayer en la foto se mostraban muy contentos). Pero a nosotros se nos pone cara de póquer.

El vicio del copia/pega o «todo vale para el convento»

Hombre en un sombrero

El «amaneramiento marcado», como razones de exclusión en unas oposiciones, que se repiten y repiten en boletines y gacetas oficiales sin que, por lo visto, nadie se entere. (Ilustración: ClipArt ETC con COSTA).

El Ayuntamiento de Ponferrada (León) ha suspendido las oposiciones para cubrir tres plazas de bombero. El problema es que se ha detectado en la convocatoria (BOCYL del 19 de agosto de 2010) que entre las exclusiones médicas estaban las de «amaneramiento marcado«. También otras como «perversiones sexuales, exhibicionismo paidofilia (sic), necrofilia, etc.«. Merece la pena echarle un vistazo a la lista de 185 exclusiones que aparecen en el Anexo II de la convocatoria citada. Algo mejor escrita está la Orden de 22 de septiembre de 1983 para las pruebas de acceso al Cuerpo de Policía Nacional (BOE del 1 de octubre), en la que constan 189 exclusiones médicas, pero sin errores de puntuación ni de uso de mayúsculas o minúsculas y que firma el ministro José Barrionuevo. ¿Qué ha pasado entre 1983 y 2010? Pues que hasta donde he podido ver, ese mismo texto −mal copiado, eso sí−, ha servido para cubrir plazas de bombero en ese municipio en los años 2001, 2002 y 2004; también para cubrir plazas en la Policía Local de León, en 2004 y parece que también en alguna otra localidad de la provincia leonesa. Como dice el refrán: «Todo vale para el convento«.

Evidentemente estamos ante uno de los vicios (y nunca mejor dicho) del más rancio estilo administrativo. Aquel que consiste en copiar y pegar textos, sin atender a lo que dicen y que, como en el milagro de los panes y los peces, se multiplican por toda clase de boletines oficiales en ayuntamientos, comunidades autónomas, Gobierno de España, y así.

Por cierto, que para el lector inteligente (como en aquella Codorniz que tanto añoramos), vale esta perla: el dignísimo Cuerpo de Bomberos de toda la vida se llama ahora Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento (SEIS). ¡Tooomaa! ¡Tooomaa!