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Cuando el lenguaje enigmático se apodera de los textos administrativos

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Ilustración: Bayuela.

Si el funcionario escribe para el funcionario, el ciudadano no se entera. Ilustración: Bayuela.

Ese carácter esotérico, críptico, más propio de una especie de sociedad secreta, que adquiere a veces el lenguaje administrativo se manifiesta especialmente en fórmulas y muletillas. Los funcionarios escriben para los funcionarios. Y el ciudadano, verdadero y último destinatario de los mensajes de la Administración, se convierte en un ente ajeno. Esto viene de lejos, de cuando la actitud administrativa era graciable, porque había súbditos y no ciudadanos. Las fórmulas de entonces son hoy expresiones fosilizadas, arcaísmos administrativos. Y el caso es que ahí están. Vivitas y coleando.

Consulto al oráculo Google la frase “para su conocimiento y demás efectos” y me lanza de primeras un oficio del año 2006 de la Junta de Andalucía que comienza así: “Para su conocimiento y efectos oportunos”, un ejemplo muy extendido de arcaísmo administrativo. Vale lo de “para su conocimiento”, aunque innecesario, porque va de suyo; pero es que lo de “efectos oportunos” o “demás efectos” tiene algo de enigmático, incluso de inquietante. Se trata de una fórmula-cliché, que se coloca sí o sí para marcar territorio, que sobra.

Lo de "efectos oportunos" tiene algo de enigmático, de inquietante...

Lo de «efectos oportunos» tiene algo de enigmático, de inquietante…

Y en este modelo de plantillas amoldables a todas las circunstancias, el Manual de estilo del lenguaje administrativo (MELA 1997: 142) nos trae algunos ejemplos:

-Y para que así conste y a petición del interesado…
De conformidad con lo establecido en el presente Reglamento…
Es por lo que… se le notifica…
-Contra esta resolución cabe interponer recurso de…
-Vistos los preceptos legales de general y pertinente aplicación al caso y en particular
-Se le tendrá por notificado a todos los efectos legales.
-Lo que se hace público para general conocimiento.

Clichés y muletillas se amontonan y ensartan unas con otras:

…el presente escrito surtirá efectos de… en el supuesto de que… participándole el derecho que le asiste en este caso, de conformidad con… de alegar por escrito, con aportación o proposición de las pruebas que considere… dentro del plazo.

La cuestión que aquí se plantea con el uso de muletillas y arcaísmos es que nadie hoy habla –ni escribe– así. Es decir, que con independencia de que el lenguaje administrativo sea –que lo es– un lenguaje especializado, con un léxico propio, el ciudadano no entiende lo que se le dice porque se le habla de manera extraña. Otro ejemplo de reliquia de la lengua de tiempos pasados lo tenemos en el futuro del subjuntivo. Aquí hay además de error, horror, una perla de las buenas:

Si la reposición de la infracción llevase aparejada una actuación del infractor, y éste no la realizare en el tiempo convenido, el Ayuntamiento […] podrá realizar dicha actuación […]. Esta actuación se podrá producir especialmente cuando se abandonare en la vía pública basuras, escombros, vehículos abandonados o cualquier otro objeto que ensuciare o entorpeciese la libre circulación.

(Ordenanza municipal).

En vez de realizare, mejor realizara o realizase (imperfecto de subjuntivo); en vez de abandonare, mejor abandone (presente de subjuntivo); en vez de ensuciare, mejor ensucie (presente de subjuntivo), y en vez de entorpeciese, entorpezca (presente de subjuntivo).

En el boletín oficial de una importante universidad de Madrid (16 de marzo de 2009), se nos explica mediante una interesante fórmula algorítmica la manera de distribuir sesenta plazas de catedrático en los departamentos que correspondan a los profesores acreditados, “según el orden decreciente del número N obtenido aplicando la fórmula:

N=R * {R/P} + 0,25 * Q
Donde: R es el número de sexenios reconocidos; P es el número de sexenios posibles y Q es el número de quinquenios reconocidos.
[…]
En todo caso, el valor máximo de {R/P} será la unidad.

Acepto soluciones. Gracias.

Hemorragia legislativa: la repetición como norma

Son veinte boletines oficiales con más de un millón de páginas impresas en 2012. Ilustración: Bayuela.

Son veinte boletines oficiales con más de un millón de páginas impresas en 2012. Ilustración: Bayuela.

En España hay diecinueve boletines oficiales (17 comunidades autónomas, además de Ceuta y Melilla), que suman veinte con el Boletín Oficial del Estado (BOE). Como lo que regulan esos diarios oficiales son las materias legislativas transferidas, nos salen como mínimo, y por ejemplo, 17 leyes de caza y pesca. Aunque lo mismo podría decir de la sanidad, o del turismo, o de la educación (artículo 148 de la Constitución Española). Un auténtico galimatías con sus correspondientes desarrollos normativos.

Traigo esto a cuento porque he leído en estos días que en España hay en vigor unas cien mil leyes (67 000 de carácter autonómico). Y es que la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) ha reclamado al Gobierno que restaure la unidad de mercado. La proliferación de normas jurídicas solo encarece los procesos de fabricación, lo que añade más problemas a los empresarios. Se supone que la inseguridad jurídica es propia de países en desarrollo. Nosotros somos un país civilizado donde la seguridad jurídica tiene ¿diecisiete?, ¿diecinueve? versiones. Estima la CEOE que para 2012 se habrán imprimido en la veintena de diarios oficiales alrededor de ¡un millón doscientas mil páginas! Y yo digo: ¿quién escribe todo eso?

El académico Gregorio Salvador, en su artículo “Observaciones sobre el lenguaje de la Administración pública” (EPOS: 1990), denuncia que “la repetición como norma, el plagio como método” constituyen el fundamento del discurso administrativo. Normal. Si tomo como ejemplo la Ley orgánica para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres, me voy a encontrar con una Ley de Igualdad del País Vasco, de Andalucía, del Principado de Asturias, etcétera. Entonces se impone el copia-pega, con matices: el lenguaje administrativo no admite la creatividad, pero como hay tantas leyes que vienen a decir lo mismo, algo de creatividad se cuela. Y luego, que se copia mal.

Gregorio Salvador lo explica así:

Y lo peor es cuando se varía algo, porque entonces surgen las contradicciones dentro del mismo texto, que ordena, a lo mejor, en su artículo once lo contrario de lo establecido por el artículo siete. Y, en lo que a nosotros nos afecta, lo malo es cuando se quiere enmascarar el plagio con variaciones de redacción que, intercaladas aquí y allá, suelen hacer el texto absolutamente ininteligible.

A veces aparecen cosas publicadas con errores o inapropiadas en el tiempo, que se reproducen de unos boletines a otros. Muy comentado fue el caso de las oposiciones para bombero que excluían a los candidatos que tuvieran un “amaneramiento marcado”. La convocatoria se publicó en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCYL). Alguien lo denunció y resultó que así se venía publicando desde hacía por lo menos ¡diecisiete años! y en multitud de boletines de comunidades autónomas y ayuntamientos. Vicios de la Administración.

La jerga administrativa es incomprensible para el ciudadano

Para el lenguaje claro hay que "limpiar" el texto.

Para el lenguaje claro hay que «limpiar» el texto. (Ilustración tomada de Plain language Australia).

El destinatario de los mensajes de la Administración es el ciudadano. Por esa razón se impone la comunicación eficaz, es decir, la claridad en el lenguaje. Una cosa lleva a la otra. Y ¿cómo debe ser ese lenguaje? Alguna indicación hay al respecto en las Directrices de técnica normativa (BOE del 29 de julio de 2005), que tienen el objetivo de lograr un “lenguaje correcto”, de modo que las “normas de origen gubernamental” puedan ser “mejor comprendidas por los ciudadanos”. La redacción de los textos administrativos tendrá las siguientes cualidades:

Lenguaje culto, pero accesible para el ciudadano medio. Se manifiesta de modo especial en el léxico. Por ejemplo: “…personal que secunde la huelga”, por “…personal que siga la huelga”, o también “…personal que apoye la huelga”, según el contexto, una cosa u otra. La Administración se dirige a un público amplio y las palabras sencillas se leen mejor.

● Palabras de uso común, pero nunca vulgares. Cuando proceda se emplearán términos técnicos, dotados de significado propio. En este caso, se añadirán descripciones que los aclaren y se utilizarán en todo el documento con igual sentido. Por ejemplo: “…se debe adjuntar copia del aval debidamente diligenciada por la Tesorería”; mejor: “…se debe adjuntar copia del aval debidamente diligenciada, es decir tramitada, por la Tesorería”. Los términos que representan conceptos concretos deben ser utilizados inequívocamente, porque su función se cumple cuando son precisos (personalidad jurídica, legitimación, nulidad).

● Se evitará:

  • el uso de extranjerismos cuando exista un equivalente en español (ahora se consideran extranjerismos los latinismos: Una interpretación stricto sensu de la ley por una interpretación estricta de la ley).
  • la utilización de palabras y construcciones lingüísticas inusuales (por contra, en vez de por el contrario).
  • la españolización de términos extranjeros cuando en nuestro idioma tienen otro significado. Por ejemplo, en español abusar no es sinónimo de maltratar, aunque la traducción literal del verbo inglés to abuse es insultar o maltratar; así, no puedo decir que “su expareja abusó de ella” cuando quiero decir que “su expareja la maltrató”.

● Es conveniente mantener una terminología unitaria en el texto: para decir la misma cosa, siempre la/-s misma/-s palabra/-s (si empiezo escribiendo 53 %, no voy a poner más adelante 48 por ciento, y más adelante 12 por 100: siempre igual).

● La claridad y sencillez en el texto exigen respetar el orden normal de los elementos de la oración: sujeto, verbo y predicado.

Habrá que evitar todo aquello que complique o recargue innecesariamente la redacción:

  • emparejamiento de sinónimos léxicos o sintácticos (una actitud clara y manifiestaexhibió e hizo ostentación).
  • epítetos triviales (fiel, en fiel reflejoclaro, en claro exponente).
  • perífrasis superfluas (ser de aplicación, por aplicarse).

Aquí, ¡una coma para setenta y siete palabras!:

[Las partes firmantes acuerdan]: Incrementar la oferta de plazas de formación profesional en el sistema educativo dirigidas a los sectores con mayores posibilidades de crecimiento del empleo y convocar el procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral especialmente dirigido a la población que hoy se encuentra en paro y no tiene ninguna cualificación reconocida, para posteriormente ofrecerles la formación complementaria que necesitan para obtener un título de formación profesional o un certificado de profesionalidad.

(Acuerdo Social y Económico para el crecimiento, el empleo y la garantía de las pensiones, de enero de 2011)

Voz activa siempre, mejor que la voz pasiva: Los solicitantes rellenarán las solicitudes…, y no: Las solicitudes serán rellenadas por los solicitantes

Precisión contra ambigüedad. Palabras precisas, verbos adecuados. Hay que evitar las palabras baúl y los verbos comodín: Hacer una queja, no. Formular una queja, sí: . Paquete de medidas, peor que conjunto de medidas; pero mejor medidas.

● En todas las dudas que se presenten, la referencia siempre serán las normas lingüísticas generales de la Real Academia Española (RAE), a través de su ortografía y de su gramática.

Para los nostálgicos de lo críptico siempre quedará aquella frase atribuida a un político en plenas negociaciones para el ingreso de España en la Comunidad Europea:

Señores, el problema está en vías de solución: hemos decidido proceder a un decreste arancelario erga omnes. El Coreper pulirá los flecos rebeldes y el Ecofín lo hará suyo.

Un lenguaje administrativo hermético aleja a los ciudadanos de sus gobernantes.

Todo lo invaden y no siempre se entienden: las siglas

SPQR también puede traducirse por: "Están locos estos romanos". Ilustración: Bayuela.

SPQR también puede traducirse por: «Están locos estos romanos». Ilustración: Bayuela.

Si yo tengo que citar la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en un texto, desde el primer momento lo haré de esta manera: LRJAP y PAC (también LRJ-PAC). Claro, que puesto así, en una sucesión de mayúsculas y sin aclarar su significado, me aseguro de que nadie (solo los iniciados) va a entender nada.

En algunos casos, el asunto puede no ser tan dramático: si yo hablo de la ESO, por ejemplo. Porque es probable que haya algún familiar directo o cercano que ha estudiado o estudia en la Enseñanza Secundaria Obligatoria. Y más fácil será si yo le digo a un conocido que le voy a enviar un SMS, porque ya no necesitaré traducir que le mando un mensaje corto desde mi teléfono móvil.

El problema de las siglas es que no se entienda lo que dices. Las usamos sin mayor complicación a diario: Esta tarde me voy en el AVE a Sevilla o Ese real decreto se publicó ayer en el BOE. Pero ya no es tan fácil si alguien me dice que puedo realizar en la oficina de mi caja de ahorros un ingreso SICA (sistema de intercomunicación de las cajas de ahorro). Las siglas SICA significan además otras muchas cosas, por lo que habrá que ver el contexto.

Las siglas son palabras formadas por el conjunto de letras iniciales de una expresión compleja y se escriben siempre en mayúsculas. Tanto el lenguaje administrativo como el científico-técnico tienen una especial predilección por las siglas. Y ocurre que, como en el caso de las abreviaturas o los símbolos, el uso abusivo de las siglas o no expresar su significado contribuye a oscurecer el mensaje. Para los documentos administrativos, o jurídicos, o científicos, aunque también con carácter general, habrá que tener en cuenta algunas reglas sencillas:

● Se escriben sin puntos ni espacios de separación: DNI, sí; D.N.I., no. IRPF, sí; I.R.P.F., no. Esta regla es válida también cuando las siglas se integran en textos escritos enteramente en mayúsculas: CALENDARIO FISCAL PARA EL PAGO DEL IRPF.

● Cuando aparezcan por primera vez en un texto hay que explicar entre paréntesis lo que significan: MAP (Ministerio de Administraciones Públicas). En las disposiciones normativas, esta regla es obligada (Directrices de técnica normativa: V Apéndices, b) Uso específico de siglas). En su caso, será conveniente incluir una lista con sus equivalencias.

● Las siglas no tienen plural por escribirse todo en mayúsculas: Varias ONG, los DNI, algunos PC. Es incorrecto *ONG’s, *DNI’s, *PC’s.

● No llevan nunca tilde (CIA) y no pueden partir con guion al final de línea (*PSO-E, *I-VA, *C-SIC).

● En la formación de siglas pueden intervenir cifras u otros signos. En esos casos, ya no es necesario incluir un guion: 11M (por el 11 de marzo de 2004), 3D (tres dimensiones), M19 (Movimiento 19 de abril), G8 (Grupo de los ocho países más industrializados), o I+D (investigación y desarrollo).

● El desarrollo de una sigla solo debe tener mayúsculas iniciales si se trata de un nombre propio: UNE (Unión de Editoriales Universitarias Españolas). Si es un nombre común, su desarrollo es en minúsculas: TDT (televisión digital terrestre, y no *Televisión Digital Terrestre), PIB (producto interior bruto, y no *Producto Interior Bruto).

● Las siglas conservan el género que les corresponde: la CGT, la COPE, el ISBN, el INAP.

Estas reglas, sin embargo, tienen sus excepciones para ciertos tipos de acrónimos, las siglas cuya configuración permite su lectura como palabras: UNICEF, MUFACE, CECE. En estos casos, si tienen más de cuatro letras y se trata de nombres propios, se pueden escribir solo con mayúscula inicial: Unicef, Muface. Si se tratase de nombres comunes como OPA (oferta pública de adquisición) o TAC (tomografía axial computarizada), se podrán escribir enteramente en minúsculas: opa, tac. Los acrónimos cuando se escriben en minúsculas llevarán tilde si lo pide la norma: Fundéu, Codicén. De la misma manera, los acrónimos sí parten con guion al final de línea (ra-dar, Unes-co) y también se pluralizan para los nombres comunes conforme a las reglas generales: opas, radares, ovnis).

Los romanos labraban en piedra lo de S•P•Q•R (Senatus Populusque Romanus, o el Senado y el pueblo de Roma). Y por ahí empezó todo esto. Hoy enviamos SMS, vemos la CNN, leemos el BOE, estudiamos el BUP, conducimos un BMW (si podemos), y estamos dentro de la UE. ¿Sigo?

P. D.: SPQR puede significar también en italiano Sono Pazzi Questi Romani, lo que en español se traduce por: Están locos estos romanos. Obélix dixit.

Símbolos y abreviaturas: reglas para escribir corto y rápido

Ojo: es necesario distinguir entre abreviatura y símbolo. No son lo mismo y ¡tienen sus propias y diferentes reglas!

Una abreviatura es la representación gráfica reducida de una palabra o grupo de palabras. Esto quiere decir que se lee lo que significa y no lo que se ve: Sr. se lee señordoc. se lee documento. En el lenguaje administrativo es muy habitual y obedece al deseo de escribir con mayor rapidez y a la necesidad de comunicar mucha información en poco espacio. Su uso se debe limitar a contextos muy determinados como listas, fórmulas de tratamiento, saludo o despedida y referencias o indicaciones escuetas. El uso abundante de abreviaturas solo puede contribuir al esoterismo, ya de por sí bastante marcado, del lenguaje administrativo.

Las abreviaturas españolas se cierran siempre con un punto (admón.), o una barra inclinada (c/).

Entre las más habituales en el lenguaje administrativo nos vamos a encontrar:

Admón./Administración
Ayto./Ayuntamiento
cta./cuenta
Dr., Dra./doctor, doctora
D., Dña./don, doña
Dir., Dir.ª/director, directora
etc./etcétera
Excmo., Excma/Excelentísimo, Excelentísima
Fdo./firmado
gral./general
Ilmo., Ilma./Ilustrísimo, Ilustrísima
ntro., ntra./nuestro, nuestra
n.º o núm./número
pág./página
P.A./por autorización
P.O./por orden
prov./provincia
R.D./real decreto
ref.ª/referencia
sec./sección
serv./servicio
Sr., Sra./señor, señora
S/Ref.ª/su referencia
tfno./teléfono
Ud./usted (están fuera de uso U., V. y Vd.)
V.º B.º/visto bueno

Algunas reglas que conviene tener en cuenta ante posibles errores:

● La abreviatura de etcétera (etc.) siempre va seguida de un punto, y no de tres (*etc…).
● Cuando van formadas por letras voladas llevan el punto antes de dicha letra: n.º (*nº.).
● En las fórmulas de tratamiento se escriben siempre con mayúscula: D./don; Ud./usted; Sr./señor.
● Mantienen la tilde si incluyen la vocal que la lleva: cód./código; núm./número.
● Si es una sola letra (p./página; f./folio), el plural se forma duplicándola (pp./páginas; ff./folios): EE. UU./Estados Unidos; JJ. OO./Juegos Olímpicos; FF. AA./Fuerzas Armadas.
● Si llevan una barra en lugar de un punto (c/ por calle), el plural es invariable (c/ por calles).

Los símbolos de elementos químicos o de las unidades de medida no se deben confundir con las abreviaturas. Son representaciones gráficas normalizadas internacionalmente y no llevan punto nunca (kg/kilogramo; h/hora; m/metro). Son invariables para el plural: 25 km por 25 kilómetros.

Los símbolos deben escribirse pospuestos a la cifra correspondiente y separados de ella por un espacio: 30 m por 30 metros; 20 % por 20 por ciento. Cuando llevan números volados sí se escriben pegados: 12º, 35’. El símbolo de grados centígrados es ºC (37 ºC de temperatura).

Polisilabismo o sesquipedalismo: el arte de escribir… estiradamente

Palabras alargadas, estiradas como chicles.(Ilustración: Bayuela).

El lenguaje burocrático se sirve de las palabras alargadas para dar ampulosidad y rimbombancia a quien las pronuncia o escribe. Hay una tendencia en el lenguaje administrativo a estirar las palabras, porque parece que “visten más”. Así, nos podemos encontrar con problemática (problema), cumplimentar (cumplir), señalizar (señalar), territorialidad (territorial). Las pretensiones retóricas, literarias o artificialmente elegantes están de más en el lenguaje administrativo. La claridad, ¡tan necesaria!, exige palabras sencillas, de fácil e inmediata comprensión:

  • totalidad/todos
  • influenciar/influir
  • finalización/final
  • domiciliación/domicilio
  • tramitación/trámite

El vocabulario claro y sencillo es sustituido por voces pretenciosas y relamidas. El texto pierde transparencia y se hace farragoso. Orwell en su conocido ensayo “La política y la lengua inglesa” (1946) lo explicaba así:

La hinchazón del estilo ya es, de por sí, una especie de eufemismo. […] El gran enemigo de una lengua clara es la falta de sinceridad. Cuando se abre una brecha entre los objetivos reales que uno tenga y los objetivos que proclama, uno acude instintivamente, por así decir, a las palabras largas

Orwell, G. (2006): Matar a un elefante y otros escritos. Madrid, Turner.

Eso sí, para definir este fenómeno se utilizan palabras finas: polisilabismo o sesquipedalismo. Esta última (del latín, sesquipedalia verba) define aquellas “palabras ampulosas, rimbombantes, de amplitud desmesurada”. No importa que no esté clara su “traducción”: sobredimensionamiento, desestructuración, modelización, emprendurismo. En muchos casos ya las hemos asumido:

  • conflictividad/conflicto
  • climatología/clima
  • meteorología/tiempo
  • proporcionalidad/proporción
  • accidentalidad/accidentes
  • complementariedad/complemento

Para Chesterton, “no importa lo que digas, mientras lo digas con palabras largas y cara larga”.

¡Menuda cara solemne se me va a poner cuando escriba supercalifragilisticoespialidoso!

Aaameeeénn.

______________

P.D.:
Propón una solución en los siguientes ejemplos de alargamiento léxico:

  • La unidad de personal ha señalizado para el día 23 de junio de 2008 la elección de plazas.
  • Debemos ultimizar estos acuerdos previos.
  • Hay que inicializar correctamente las políticas sociales en Extremadura.
  • Los asuntos económicos se han concretizado en un informe exhaustivo.
  • La metodología usada no es la correcta.
  • La intencionalidad de los autores no está clara.
  • Debemos marginalizar estos hechos.
  • El letrado del servicio jurídico terminó su intervención conclusionando que el hecho es constitutivo de delito.

Uso específico de las mayúsculas en títulos legislativos y forma de citarlos

Las minúsculas son preferibles a las mayúsculas. Se leen mejor.

Con carácter general, la tendencia es restringir al máximo el uso de las mayúsculas.

Se escriben con mayúscula inicial todos los elementos significativos del título de los textos o documentos de carácter legal o jurídico (leyes, decretos, órdenes, códigos, fueros…): Código Civil; Acta Única Europea; Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias; Real Decreto 125/1988; Ley para la Ordenación General del Sistema Educativo, etcétera. No obstante:

Cuando la descripción de la ley que constituye el título de esta es demasiado extensa, el uso de la mayúscula se limita al primer elemento: Ley 17/2005, de 19 de julio, por la que se regula el permiso y la licencia de conducción por puntos y se modifica el texto articulado de la ley sobre tráfico…

Ortografía de la lengua española 2010, p. 491

Por otra parte, en las Directrices de técnica normativa (Resolución de 28 de julio de 2005) se propone (Apéndices, a).3.º) que los títulos de las distintas disposiciones se escriban en minúscula, con las siguientes excepciones:

1.ª Breve extensión del título.
       Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.

2.ª Regulación completa de la materia.
       Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.

3.ª Regulación de órganos constitucionales y grandes referentes legislativos del ordenamiento.
       Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial;
       Ley Orgánica 5/1985, de 19 de julio, de Régimen Electoral General;
       Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

4.ª La parte citada de una norma se escribirá en minúscula: artículo, apartado, párrafo, disposición final primera, capítulo, sección, título, libro.

Las citas de leyes y decretos se escribirán siempre con el título completo de la norma: tipo (ley, real decreto, orden ministerial, etcétera), número, seguido de  una barra (/), año (con los cuatro dígitos), fecha (entre comas) y nombre:

…de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y normas que la desarrollen.

La cita será corta y decreciente:

…de conformidad con el artículo 6.2.a).1.º, párrafo segundo, del Real Decreto

La cita de la Constitución será siempre por su nombre: Constitución Española, y no sinónimos como Norma suprema, Norma fundamental, etcétera.

Tras la cita de la norma no hace falta mencionar el diario oficial donde se ha publicado. Se sobreentiende que localizar el texto completo de la disposición no es problema cuando ya está disponible en línea.

Adjetivos, ¿delante o detrás? ¿Dice la Administración lo que quiere decir?

«Deberías decir lo que quieres decir», dijo el Sombrerero.

Uno de los vicios del lenguaje administrativo consiste en anteponer por sistema el adjetivo al nombre:

Presunto delito, en “ha sido detenido por su participación en un presunto delito”.
Pertinente aplicación, en “normas legales de pertinente aplicación”.
Vigente reglamento, en “de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22 del vigente reglamento”.
Preceptivo dictamen, en “conforme al preceptivo dictamen”.

Lo adecuado para la buena comprensión del mensaje es que el adjetivo siga al nombre (delito presunto, aplicación pertinente, reglamento vigente, dictamen preceptivo). En el lenguaje administrativo y jurídico este tipo de anteposiciones suelen obedecer a la necesidad de resaltar el adjetivo como el contenido más importante del mensaje. En el adjetivo presente, sin embargo, no hay opción, ha de ir siempre antepuesto: presente autorización, presente declaración, presentes diligencias.

En algunas ocasiones anteponer el adjetivo al nombre origina un sentido distinto al que se quiere significar:

Correspondiente pensión / pensión correspondiente
Se le ha concedido la pensión correspondiente.
Antepuesto quiere decir “la fijada”, “la ya establecida”; pospuesto significa “la que corresponda”.

Debido cotejo / cotejo debido
Que se presentarán para su debido cotejo.
En el primer caso quiere decir “conveniente”, “necesario”; en el segundo caso significa “que se debe”.

Diferentes plantas / plantas diferentes
Se expresará [la superficie] de cada una de las plantas diferentes en metros cuadrados.
El adjetivo antepuesto se aplica a las distintas plantas, porque todas lo son (sobra el adjetivo); el adjetivo pospuesto significa que solo se expresará la superficie de las plantas que son diferentes, de las “que difieren”.

Algo parecido pasa con el adjetivo adjunto, que cambia su significado según vaya delante o detrás del sustantivo:

Adjunto archivo / archivo adjunto
Le envío en archivo adjunto el informe que me ha pedido.
En el primer caso se convierte en verbo: [yo le] adjunto [a usted el] archivo en este correo. Si acompaña al verbo (adjunto remito) es adverbio; no es incorrecto, pero sí es redundante (sobra). Mejor: [le] remito [a usted] el archivo que me ha pedido.

Todo esto viene a cuento (y nunca mejor dicho) porque el otro día releyendo Alicia en el País de las Maravillas, de Lewis Carroll, me encontré con el siguiente delicioso diálogo entre la protagonista, el Sombrerero y la Liebre de Marzo (¡y el Lirón!):

El Sombrerero abrió desmesuradamente los ojos al oír aquello; pero solo respondió: “¿En qué se parece un cuervo a un pupitre?”. “Vaya, parece que vamos a divertirnos –pensó Alicia–. Me gusta que empiecen jugando a las adivinanzas…”

–Creo que podría adivinarlo –añadió en voz alta.

–¿Quieres decir que crees poder encontrar la solución? –dijo la Liebre de Marzo.

–Exactamente –dijo Alicia.

–Entonces deberías decir lo que quieres decir –añadió la Liebre de Marzo.

–Es lo que hago –se apresuró a replicar Alicia– ¡o por lo menos… por lo menos quiero decir lo que digo! Viene a ser lo mismo, ¿no?

–¡Qué va a ser lo mismo! –dijo el Sombrerero–. Si así fuera, podrías decir que veo lo que como es lo mismo que como lo que veo.

–También podrías decir –añadió la Liebre de Marzo– que me gusta lo que tengo es lo mismo que tengo lo que me gusta.

–También podrías decir –añadió el Lirón, que parecía hablar dormido–, que respiro cuando duermo es lo mismo que duermo cuando respiro.

–Es lo mismo para ti –dijo el Sombrerero, y en este punto la charla se interrumpió.

Pues eso. Que a la Administración le ocurre lo mismo que a Alicia: quiere decir una cosa y luego dice otra. Y el ciudadano no se entera.

Ortotipografía: de la máquina de escribir al ordenador

Situación imposible: el ordenador no es una máquina de escribir (ilustración: Bayuela).

Hasta la segunda mitad de la década de los ochenta del siglo XX los documentos administrativos se redactaban con máquinas de escribir. Por supuesto, cualquier tipo de documento que no estuviera escrito a mano. Hasta ese momento (y esto no ha cambiado) importaba lo que se decía (qué tipo de documento: notificación, recurso, diligencia, solicitud, certificado, etcétera) y cómo se decía (si estaba bien escrito y se entendía). La herramienta para plasmar ese lenguaje escrito ofrecía unos recursos muy limitados: mayúsculas, minúsculas, subrayados, algunas grafías auxiliares (comillas inglesas, signos de interrogación o admiración, paréntesis, etcétera). El movimiento del carro nos permitía que el espaciado entre líneas fuera sencillo, doble y ¡hasta triple! Y poco más. La letra siempre era la misma y del mismo tamaño. Por tanto, si querías destacar algo solo disponías de mayúsculas y subrayados.

Decreto máquina de escribir en la Administración

Decreto de Francisco Silvela (Gaceta de Madrid, 19 de febrero de 1900) por el que la Administración incorpora la máquina de escribir en sus documentos administrativos [cortesía de Miguel Solano].

Pero eso ha cambiado radicalmente. Ya no hay máquinas de escribir en oficinas y despachos. En su lugar, teclados y pantallas que han abierto el abanico de posibilidades en la escritura mecánica. Lo han abierto tanto, que el arte que antes solo manejaban los tipógrafos en las imprentas, ahora está al alcance de cualquiera con un procesador de textos en su ordenador. Es decir, todos los que nos sentamos a escribir tenemos que relacionarnos con negritas, cursivas, versalitas, cuerpo o tamaño de la letra, fuentes o familias de letras, justificación de textos, diseño gráfico… Pero nadie nos ha enseñado a utilizar estos recursos que hace no muchos años estaban fuera de nuestro alcance. Y eso, por ejemplo, les ocurre a aquellas personas que trabajan en la Administración. Todavía, y con demasiada frecuencia, nos encontramos con documentos que recogen párrafos o nombres propios escritos todo en mayúsculas, donde las citas van entre comillas, el primer renglón del párrafo va sangrado… Es decir, que solo se han empleado recursos de la antigua máquina de escribir.

¿Entonces? Entonces estoy hablando de ortotipografía. Es decir, la ciencia que estudia la combinación de la ortografía y la tipografía. Algo que no se enseña, pero que resulta imprescindible, pues contribuye a la eficacia de la comunicación escrita. Y esto tiene que ver, a su vez, con la legibilidad. Otro concepto importante para esa comunicación eficaz. Cuándo y cómo usar las negritas y las cursivas. El uso de las mayúsculas. Textos recorridos o justificados. El espaciado entre líneas. Diferencias entre rayas y guiones. Por qué usar distintos tamaños de letras y distintas fuentes. La distribución de los blancos en el folio (diseño gráfico). En la mayoría de los casos la solución estará en la Ortografía de la lengua española (2010). Pero en muchos otros casos, sin embargo, será necesario recurrir al libro de estilo de nuestra organización o de nuestra institución. Un libro de estilo propio no solo nos va a actualizar las reglas para el buen uso del español, sino que nos va a mostrar el diseño de este o aquel documento para que haya una coherencia, y hasta una identidad visual, y con especial atención a la legibilidad para garantizar la eficacia comunicativa.

En el razonamiento jurídico no caben expresiones ofensivas o irrespetuosas

Algunos excesos verbales de los jueces pueden resultar sancionables (ilustración Bayuela).

En los titulares de prensa de la semana pasada el juez Santiago Pedraz ha sido la estrella. Por lo que ha dicho y por cómo lo ha dicho. Lo que ha dicho ha sido en un auto en el que exoneraba de delitos contra las instituciones a los organizadores de la manifestación del 25-S. En cuanto al cómo lo ha dicho, lo más subrayado de ese auto ha sido la frase:

…no cabe prohibir […] la expresión de opiniones subjetivas sobre acontecimientos históricos o de actualidad, máxime ante la convenida decadencia de la denominada clase política.

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), órgano de gobierno administrativo de los jueces, tendrá que valorar si el juez incurrió en alguna falta disciplinaria por dirigir descalificaciones a otras autoridades y por incluir en las resoluciones expresiones improcedentes. Por en medio, una denuncia del sindicato Manos Limpias fundamentada en la Ley orgánica del Poder Judicial. La ley considera “faltas graves”:

● Dirigir a los poderes, autoridades o funcionarios públicos o corporaciones oficiales felicitaciones o censuras por sus actos, invocando la condición de juez, o sirviéndose de esta condición. (Art. 418.3).

● La utilización en las resoluciones judiciales de expresiones innecesarias o improcedentes, extravagantes o manifiestamente ofensivas o irrespetuosas desde el punto de vista del razonamiento jurídico. En este caso, el Consejo General del Poder Judicial solo procederá previo testimonio deducido o comunicación remitida por el tribunal superior respecto de quien dictó la resolución, y que conozca de la misma en vía de recurso. (Art. 418.6).

Para la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), lo de la “decadencia” de la clase política es un “exceso literario”, además de algo “innecesario y superfluo”.

¿Ha habido algún exceso en los términos empleados por el juez en su auto? Eso se verá, porque la denuncia del sindicato obligará a que se pronuncie el Servicio de Inspección del CGPJ.

Excesos literarios o faltas graves de algunos jueces a través de la redacción de sus sentencias y resoluciones están de actualidad. En los mismos días se publicaba la confirmación de unas multas impuestas al titular del único Juzgado Contencioso de Lérida, José María Aristóteles Magán Perales. Tendrá que pagar seis mil euros, según ha confirmado ahora el Tribunal Supremo. Magán Perales fue acusado por el CGPJ de tres faltas graves por la forma de expresarse (de nuevo, la Ley orgánica del Poder Judicial) en algunas de sus sentencias en las que quitaba la razón a la Administración autonómica por contestar en catalán a los ciudadanos que se dirigen a esta en castellano. A los dos apartados anteriores, se añade el siguiente, también como falta grave:

El exceso o abuso de autoridad, o falta grave de consideración respecto de los ciudadanos, instituciones, secretarios, médicos forenses o del resto del personal al servicio de la Administración de Justicia, de los miembros del Ministerio Fiscal, abogados y procuradores, graduados sociales y funcionarios de la Policía Judicial. (Art. 418.5).

El juez no se corta un pelo en sus consideraciones.

Como dice Sevach en su estupendo blog “en ocasiones afloran las emociones, sensaciones y disquisiciones del juez “destogado”, como persona, y se manifiesta en excesos verbales insertos en la sentencia”. Y es que con desahogos personales la Justicia pierde su necesario equilibrio.

Segundo, y feliz, cumpleaños

Número de visitas por meses desde septiembre de 2010 a septiembre de 2012.

El 23 de septiembre de 2010 (dos años ya, el pasado domingo) publicaba mi primer post en esta bitácora, que defiende el lenguaje claro, con un clásico de la Administración: Adjunto remito.  Desde entonces y hasta hoy han sido 58 las entradas publicadas y 58 000 visitas, si atiendo a lo que dicen las estadísticas de WordPres:

    • 2010, tres meses: 1692
    • 2011, doce meses: 17 859
    • 2012, nueve meses: 38 446

El pico mayor fue en mayo de este año, con 5534.

Por países, y solo para los últimos noventa días, los diez desde los que se registraron más visitas son

    • Guatemala: 196
    • Estados Unidos: 235
    • Ecuador: 238
    • Venezuela: 275
    • Chile: 328
    • Argentina: 621
    • Colombia: 822
    • Perú: 1237
    • México: 2078
    • España: 5422

Hay visitas desde todos los países de Europa (destacan Italia, Alemania y Portugal), de todo el continente americano, de Australia, de algunos países de África (Marruecos, Egipto, Túnez y Angola) y de Asia (India y Japón).

En los últimos doce meses las entradas que han recibido más de un millar de visitas han sido Las cantidades se escriben sin puntos y con espacios (1213), Recomendaciones bibliográficas (1408), ¿La gerente?, o ¿la gerenta? (1837), Sobre el lenguaje administrativo (2165) y la página principal (23 653).

A veces, muchas veces, las visitas al blog no se producen mediante un motor de búsqueda (Google, Yahoo, etcétera), sino a través de otras webs. Tener amigos que te enlazan o te recomiendan, siempre es una suerte. En estos últimos doce meses se han hecho notar especialmente la Cámara de Madrid, El blog de Derecho Público de Sevach y el diario digital Hechos de Hoy. En los tres casos han sido cientos las visitas a Lenguaje administrativo que han llegado a través de esas puertas de entrada.

Seguimos.