Archivo por meses: septiembre 2010

Ley de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo

Lenguaje Administrativo utiliza cookies propias y de terceros para fines analíticos anónimos, y para el funcionamiento general de la página.

Puedes aceptar todas las cookies pulsando el botón "Aceptar" o configurarlas o rechazar su uso pulsando el botón "Configurar".

Puedes obtener más información y volver a configurar tus preferencias en cualquier momento en la Política de cookies

Lector asustadísimo

Solo con cara de susto se podría leer algo parecido a un párrafo de 97 palabras. Leer, sí; pero entenderlo es otra cosa bien distinta.

¿Qué quiere decir exactamente el legislador? Con un párrafo de 97 palabras es difícil comprender el mensaje:

En las empresas en las que no exista representación legal de los mismos [trabajadores], éstos podrán optar por atribuir su representación para la negociación del acuerdo, a su elección, a una comisión de un máximo de tres miembros integrada por trabajadores de la propia empresa y elegida por éstos democráticamente o a una comisión de igual número de componentes designados, según su representatividad, por los sindicatos más representativos y representativos [sic] del sector al que pertenezca la empresa y que estuvieran legitimados para formar parte de la comisión negociadora del convenio colectivo de aplicación a la misma.

Nueva redacción del tercer párrafo del artículo 41.4 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (en el artículo 5 de la Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de Medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo).

Uso de la arroba @

Niñ@La arroba (@) es un símbolo y no un signo lingüístico. La RAE proscribe su uso cuando se emplea como recurso gráfico integrador en una sola palabra de las formas masculina y femenina del sustantivo: L@s alumn@s de la clase ganaron el concurso. Lo adecuado aquí sería: Los alumnos y las alumnas de la clase ganaron el concurso. En algunas ocasiones tiene un uso imposible: Día del niñ@. En este caso, la contracción del solo es válida para el masculino niño. En el DRAE únicamente se alude a su significado de peso, de capacidad y al símbolo así denominado, empleado en el correo electrónico.

«Adjunto remito» o el adjetivo oficinesco

Mensajería 4

«Le envío en archivo adjunto«, mejor que «adjunto remito archivo…». (Ilustración OpenClipArt).

Redundancia innecesaria. La palabra adjunto es un adjetivo que significa «que va o está unido con otra cosa» (DRAE). Su uso es muy habitual en los comunicados de la Administración: «Adjunto remito el informe solicitado«. En este caso se le da un uso adverbial y por lo tanto invariable: «Adjunto se envían fotocopias«. No es incorrecto, pero es mejor decir: «Le envío el informe que me ha pedido» o «les enviamos en archivo adjunto [aquí, sí] las fotocopias del expediente«, o «les enviamos fotocopias adjuntas«.