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¿Qué es lo que es «sostenible»?

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Al principio de la década de los noventa se disparó el uso de la palabra «sostenible».

A veces las palabras, como el aceite hirviendo al que le tiras agua, te saltan a la cara. Es lo que me ha pasado a mí con sostenible, un adjetivo de uso creciente en la Administración y, como consecuencia, en toda clase de diarios oficiales. Y digo sostenible, como puedo decir sostenibilidad, que en el diccionario de la Real Academia (DRAE) aparece como “cualidad de sostenible”. Así, sanidad sostenible, o “sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud”, que es como viene en el enunciado del reciente y superenmendado decreto 16/2012, de 20 de abril. En este caso, más bien parece un alargamiento del concepto, en puro lenguaje administrativo. Me vuelvo al DRAE para saber de qué hablamos y me encuentro en la segunda acepción del avance de la 23ª edición que dice:

Especialmente en ecología y economía, que se puede mantener durante largo tiempo sin agotar los recursos o causar grave daño al medio ambiente.

Vale. Ahora lanzo la palabra al pozo sin fondo de Google, a ver qué eco me devuelve y… ¡tremendo!: desarrollo sostenible, pero diseño sostenible (!); planeta sostenible, pero fiestas sostenibles (!); agricultura sostenible, pero compromiso sostenible (!); ganadería sostenible, pero madera sostenible (!); pesca sostenible, pero drenaje sostenible (!); energía sostenible, pero sanitarios sostenibles (!); minería sostenible, pero idea sostenible (!); movilidad urbana sostenible, pero negocio sostenible (!); transporte sostenible, pero bicicleta sostenible (!); urbanismo sostenible, pero idea sostenible (!); consumo sostenible, pero perspectiva sostenible (!); construcción sostenible, pero democracia sostenible (!); crecimiento sostenible, pero inversión sostenible (!)…

Intento averiguar más y doy con el Observatorio de la Sostenibilidad en España (OSE). Empiezo a leer donde habla del informe de Sostenibilidad en España 2011 y me encuentro con el siguiente párrafo:

Esta nueva etapa se fundamenta en una batería sintética de indicadores relevantes que se han seleccionado a partir de los sistemas de indicadores contemplados en las Estrategias Europea y Española de Desarrollo Sostenible, la Estrategia de Economía Sostenible, el Plan Nacional de Reformas y la estrategia con visión de futuro Europa 2020, así como otros indicadores que el OSE y la comunidad científica consideran esenciales para el análisis y seguimiento de las prioridades estratégicas para el desarrollo sostenible de España.

Vamos bien. Lenguaje claro. Y ahora, ¿dónde aparece el término sostenible? Pues seguro, como decía, que en los diarios oficiales. En el Boletín Oficial del Estado (BOE) me encuentro una ley de Economía Sostenible (2/2011, de 4 de marzo), otra ley de Desarrollo sostenible del medio rural (45/2007, de 13 de diciembre), otra de Ordenación sostenible en aguas continentales (22/2009, de 23 de diciembre), y otra de Estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera (2/2012, de 27 de abril); también, algunos decretos y otras disposiciones de rango menor.

Y digo yo que habrá algún organismo oficial para organizar todo esto. Pues sí. Naturalmente. En las comunidades autónomas tenemos consejerías de Territorio y Sostenibilidad; de Desarrollo Sostenible y Ordenación del Territorio; de Medio Ambiente, Sostenibilidad y Aguas; de Sostenibilidad de Recursos y Energías, y de Educación, Universidades y Sostenibilidad. También hay direcciones generales, como la de Desarrollo Sostenible del Medio Rural; la de Desarrollo Sostenible e Información Ambiental; la de Desarrollo Sostenible y Biodiversidad; la de Sostenibilidad de la Costa y el Mar; la de Calidad y Sostenibilidad Ambiental; la de Sostenibilidad; la de Sostenibilidad y Paisaje; la de Sostenibilidad y Agenda 21, y la de Infraestructuras y Sostenibilidad.

¿Quién dijo aquello de que hay días en los que es mejor no preguntar?

El BOE, como chapuza legislativa o un soporte que lo aguanta todo

"Practicantes", todavía en el BOE

Pero, ¿es que nadie lee los originales antes de publicarlos en el BOE?

Una amable comunicante me escribe para decirme que en el decreto de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud (RD 16/2012, de 20 de abril) hay una referencia –anacrónica– a los practicantes¹ (apartado 4 del art. 10). Con ese detalle y algún otro preparaba ya mi comentario cuando el 15 de mayo pasado el Boletín Oficial del Estado (BOE nos sorprendía con ¡73 rectificaciones! a ese real decreto. Desconozco hasta qué punto es insólita esta rectificación superlativa. Desde luego, en este caso no se trata solo de corregir erratas y errores (a manta), sino también de matizaciones o rectificaciones políticas, de fondo. Hay ligereza en la redacción de la norma, no se sabe si por prisas, y hay movimientos políticos que empujan a que el BOE se parezca a un banco de pruebas (si cuela, cuela). Y en todo caso, afirmo que, con independencia del volumen de las rectificaciones, estas son demasiado habituales.

Algunos ejemplos espigados entre estas correcciones:

  • De estilo: «el medicamento de menor precio» por «el medicamento de precio más bajo» (p. 31290). Y también: «revisiones de precios a la baja» por «revisiones de precios menores» (p. 31294).
  • De error: «sin que se aplique ningún límite» por «sin que se aplique el mismo límite» (p. 31287).
  • De errata: «la palabra Orden debe comenzar con minúscula» (p. 31287). Y también: «hasta un limite [ojo a la tilde] máximo» por «hasta un límite máximo» (p. 31297). Y también: «deposito» por «depósito» (p. 31302). Y también: «la accesibilidad para la personas» por «la accesibilidad para las personas» (p. 31312).
  • De puntuación: «registros oficiales, de profesionales, obrantes en las administraciones del Estado y Autonómicas«, por «registros oficiales de profesionales obrantes en las administraciones estatal y autonómicas» (p. 31304).
  • De bulto: «personal funcionario» por «personal funcionario sanitario» (p. 31306). Y también: «paciente a través de oficina o servicio de farmacia» por «paciente, a través de receta médica, en oficina o servicio de farmacia» (p. 31296). Y también: «y productos sanitarios, estos serán libres» por «y productos sanitarios, los precios industriales serán libres» (p. 31308).
  • De risa: «aportaciones que excedan estos montos» por «aportaciones que excedan de las cuantías mencionadas» (p. 31297).
  • De me lo he pensado mejor: «hasta el 31 de diciembre de 2012» por «hasta el 31 de diciembre de 2013«. Y también: «tras la expresión ‘integrarse en los servicios de salud como personal estatutario fijo’, debe añadirse el inciso ‘, sin perjuicio de los derechos consolidados‘.» (las dos, en la p. 31306).
  • De susto: «se podrá extender el mecanismo vía la selección por fijación» por «se podrá extender el sistema de precios seleccionados a través de la fijación» (p. 31296).
  • De locos: «que se refiere al apartado 1 de…» por «que se refiere al apartado 2 de…» (p. 31303).

Al lector poco avisado he de decirle que ejemplos como los que anteceden hay a porrillo (vamos, que no es una cosa de ahora), aunque esta concentración de rectificaciones tampoco es habitual. Y de lo peor es el anonimato/impunidad con que se cometen estos desaguisados. ¿Cuántas personas han metido pluma en estos textos? Parece que vale todo.

P.D.: Hay otra clase de esperpentos, pero esperpentos al fin y al cabo. En el BOE del 17 de enero se publicó una orden (muy, muy comentada en la Red) del Ministerio de la Presidencia con el siguiente enunciado:

Orden PRE/50/2012, de 16 de enero, por la que se nombra Directora del Gabinete del Director del Gabinete de la Presidencia del Gobierno a doña Valentina Martínez Ferro.

¡Fantástico! ¿Hay quien dé más?

——

¹ Después, ATS (Ayudante Técnico Sanitario); después, DUE (Diplomado Universitario de Enfermería); después, Grado de Enfermería. A pesar de esto, la figura de practicante, como se ve por el BOE, todavía se usa hoy.

Una ley de transparencia para «satisfacer el interés general»

El Gobierno será transparente si sabe llegar a los ciudadanos. (Foto: PINTO).

Sinceramente, no es por incordiar, pero uno piensa en esa expresión de los cómics –mis añorados y adorados tebeos– cuando en una viñeta aparecía aquello de ¡glup! (sí, una onomatopeya) para expresar sorpresa o, casi, casi, susto. Porque esa es la imagen que se me ha venido a la cabeza al leer un párrafo del articulado de la ley de transparencia que el Gobierno ha sometido a consulta pública electrónica en la primera quincena de abril.

En su artículo 23.2.1, donde enumera los principios éticos de los altos cargos de la Administración, me encuentro con esta perla:

Actuarán con transparencia en la gestión de los asuntos públicos, de acuerdo con los principios de eficacia, economía y eficiencia y con el objetivo de satisfacer el interés general [aquí va lo de ¡glup!].

El texto es un refrito del Código de buen gobierno de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración General del Estado que, en su apartado 2 dice:

La adopción de decisiones perseguirá siempre la satisfacción de los intereses generales de los ciudadanos y se fundamentará en consideraciones objetivas orientadas hacia el interés común, al margen de cualquier otro factor que exprese posiciones personales, familiares, corporativas, clientelares o cualesquiera otras que puedan colisionar con este principio.

A ver. El objetivo de satisfacer el interés general no es lo mismo que la satisfacción de los intereses generales de los ciudadanos. Sobre todo cuando en el segundo caso, que se ha tomado como referencia previa, se explica claramente y en el primer caso queda como colgado del aire y se puede prestar a cualquier interpretación: ¿cómo satisfacer el interés general?, ¿cuál es el interés general?

Lo de eficacia, economía y eficiencia nos lo vamos a encontrar, por ejemplo, en el artículo 1.2 del RD por el que se creó en 1999 la Comisión Interministerial de Simplificación Administrativa, en el que se habla de facilitar las relaciones de los ciudadanos con la Administración:

… de acuerdo con los principios de eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados y de eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.

La verdad es que si tenemos en cuenta que la comunicación entre Administración y ciudadanos siempre (o fundamentalmente) es por escrito, cabe esperar que esta ley de transparencia se interese por que los ciudadanos comprendan lo que les dice esa Administración. Pero aquí no hay nada eso.

Este Anteproyecto de Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno tiene traza de ser precipitado y como para quedar bien. Lo primero, ya resulta obvio; y lo segundo va a ser que no.

Las cantidades se escriben sin puntos y con espacios

En los cursos de lenguaje administrativo que imparto a empleados públicos se intensifica el murmullo cuando explico que la escritura correcta de las cantidades es con espacios y sin puntos. Así, no se escribirá «el número de afiliados a la Seguridad Social en enero fue de 16.946.237 ocupados«. Se escribirá «el número de afiliados a la Seguridad Social en enero fue de 16 946 237 ocupados«. La sorpresa tiene lógica, porque es la misma Administración la que no pone en práctica sus propios mandatos.

Las cantidades se escriben con puntos en los Presupuestos.

Las cantidades se escriben con puntos en los Presupuestos Generales del Estado.

El asunto tiene su miga:

a) Hay legislación específica al respecto, donde se dice que «los números con muchas cifras pueden repartirse en grupos de tres cifras separadas por un espacio, a fin de facilitar la lectura» (apartado 2.9 del Capítulo III del Anexo del RD 2032/2009, de 30 de diciembre, por el que se establecen las unidades legales de medida).

b) En la Ortografía de la lengua española (OLE10: 663-665) se indica que la separación en grupos de tres dígitos mediante un espacio fino «es opcional cuando el número expresa cantidad» y siempre que se componga de más de cuatro cifras (3479 o tres mil cuatrocientos setenta y nueve sería aquí lo correcto).

c) En el Manual de estilo de la lengua española (MELE3: 297-300) se dice que: «Para facilitar su lectura, en las cantidades que tienen muchas cifras se separan estas con espacios fijos (sic) en grupos de tres a un lado y otro de la coma decimal, si la llevan«.

d) En el Libro de estilo interinstitucional de la Unión Europea (UE), de aplicación obligatoria en la elaboración de cualquier documento de la UE, se señala que: «Las cifras superiores a la unidad se presentarán por series de tres, cada una de las cuales se separará de las otras por un espacio fino fijo (y no por un punto)«.

El origen de esta normativa está en el Sistema Internacional de Unidades (SI), obligatorio para España, y adoptado por la Conferencia General de Pesas y Medidas, vigente en la UE. En todo caso, esta norma no rige ni para los años (el año 2012) ni para la paginación (la cita está en la página 1284) ni para la numeración de textos legales (artículo 1566 del Código Civil) ni en la numeración de vías urbanas, códigos postales o apartados de correos (código postal 28357, apartado de correos 17903) ni en los códigos o identificadores, signaturas o números de registro (Reg. 93228, CIF 38934567-B, norma UNE 82100-2).

El fin último de esta historia no es otro que el de facilitar la lectura de las secuencias numéricas cuando representan grandes cantidades. Lo de reunir las cifras en bloques de tres es un convencionalismo, que tiene que ver con la dificultad del ser humano para reconocer secuencias de más de cuatro dígitos. Lo de marcar esa separación con un punto era propio de unos países, entre los que se encuentra España (otros, lo venían haciendo con una coma). Ahora, y para evitar confusiones, se normaliza el espacio fino y se deja la coma (o el punto) para marcar los decimales: 15 258,67 (15 258.67).

Invito al lector a que repase los documentos que tenga a mano y compruebe lo que aquí se dice.

De tú a tú con los vecinos

La Administración local se presta a una mayor proximidad. (Ilustración: COSTA, con ClipArt ETC)

Andaba yo el verano pasado con unos amigos de excursión por la provincia de Guadalajara y me encontré en la visita a un pintoresco pueblecito con una Nota informativa del Ayuntamiento. Curioso como soy, me detuve a leerla… Y, ¡sorpresa!, tras unas exposiciones normativas y la advertencia a los vecinos del «deber y obligación» [redundancia innecesaria] de mantener sus propiedades en «condiciones de seguridad«, referido a «algunos inmuebles urbanos«, el alcalde se despide así:

Si tienes alguna duda al respecto, acude al Ayuntamiento.

Así, con proximidad y confianza. ¡Hombre! Estaremos de acuerdo en que en los documentos administrativos hay que usar un lenguaje llano, pero no –y en ningún modo– coloquial.

Una despedida coloquial

Pregón, edicto, circular o carta a los vecinos. ¿Qué es?

Recuerdo ahora un artículo sin desperdicio del académico Gregorio Salvador en el que advertía sobre la pérdida de ciertos formulismos en los documentos administrativos:

[…] Por eso una alumna de mi Facultad, que tuvo que dirigirme una instancia […], como director que yo era entonces del Departamento, tras mucho Ilmo. Sr. y mucho expone y mucho suplica, concluía de este sorprendente modo: «Muchos besos de Estrella«.

«Observaciones sobre el lenguaje de la Administración Pública», en EPOS (1990), 6, p. 120

Está bien la supresión de las fórmulas de salutación y despedida en los documentos administrativos (art. 2.2. de la Orden de 7 de julio de 1986). Pero es necesario redactarlos en «un nivel de lenguaje culto, pero accesible para el ciudadano medio, de manera clara, precisa y sencilla» (Directrices de técnica normativa, 101, en la Resolución de 28 de julio de 2005).

Lenguaje llano y sencillo, sí. Pero en el lenguaje administrativo siempre es obligado un registro formal.

Feliz Navidad… «sostenible»

Estrellas en la noche

Foto: Javier Pinto

Uno de los elementos que caracterizan el lenguaje administrativo es la objetividad. O lo que es lo mismo, la neutralidad. O sea, que no se presta a la creatividad. Pero tampoco a la ideología. Y al respecto, tiene su puntito la carta que el director general de Cambio Climático (¿a favor o en contra?) y Medio Ambiente Urbano de la Junta de Andalucía ha enviado a empresas y comercios de su comunidad autónoma.

Días atrás saltaba la noticia en el ABC de Sevilla y se convertía en todo un exotismo. El primer párrafo, sin anestesia, nos pone ya en situación:

La Navidad se ha vivido históricamente […] vinculada a viejas tradiciones folklóricas, gastronómicas y musicales.

El abajofirmante se lamenta de la «decoración de espacios libres, viales y escaparates con instalaciones de alumbrado temporales de elevada potencia y sin control del flujo luminoso«, lo que califica de «inadecuada manera de iluminar«. Y que tiene, además de otras consecuencias negativas, también efectos «científicos, culturales y medioambientales«.

Y resultado de esta excesiva iluminación es:

El aumento del brillo del cielo nocturno [que] dificulta las investigaciones astronómicas, causa graves alteraciones a los ecosistemas y provoca daños en la salud.

El director general ofrece por fin su departamento para «facilitar el diseño de una ornamentación navideña sostenible«, siempre con el objetivo final de «iluminar de una manera sostenible«.

Hay un penúltimo párrafo que bordea lo insufrible:

En el marco de la Estrategia Andaluza de Sostenibilidad Urbana y en aplicación del Reglamento para la Protección del Cielo Nocturno frente a la Contaminación Lumínica y el Establecimiento de Medidas de Ahorro y Eficiencia Energética desde la Dirección General de Cambio Climático y Medio Ambiente Urbano aprovechamos estas fechas para inducir a la reflexión y la toma de conciencia… etcétera, etcétera.

—¡Oiga! ¿Y la Feria de Abril?

Yo, la verdad, ya puestos, me quedo con aquellas palabras del viejo profesor, alcalde de Madrid, Enrique Tierno Galván, cuando en uno de sus característicos bandos (5 de diciembre de 1983), nos hablaba de:

Días de común callejeo en los que los vecinos […] festejando la Pascua de Navidad, gritan, liban del vino y otros espirituosos licores, disputan, cantan, se hostigan y acarician entre sí […], asociando la piedad al regocijo, pues entre las burlas, bromas y a veces chacotas, ni olvidan, ni deben olvidar, sus religiosos deberes.

Amén.

¿La gerente?, o ¿la gerenta?

Mujer lectora

Las dos fórmulas, gerente o gerenta, son válidas para la mujer. Siempre decide la interesada. (Ilustración: COSTA con ClipArt ETC)

Con frecuencia me preguntan mis compañeros:

–Oye, ¿cómo se dice? ¿La gerente?, o ¿la gerenta?

El asunto no es menor. Primero, porque hay razones gramaticales para dudar de la conveniencia de ese femenino, y en segundo lugar, porque la gerente (o gerenta) es la jefa de todos nosotros (¿o es este el primer argumento?).

Lo primero que tengo que decir —y digo— es que podemos aplicar —aquí, sí— las dos fórmulas para la mujer: la gerente y también la gerenta. Y lo segundo que tengo que decir —y digo— es que será la mujer en ese cargo la que decida qué prefiere:

—Yo, gerente.

—Yo, gerenta.

El Diccionario de la Real Academia (DRAE) lo recoge en el avance de su vigésima tercera edición:

gerenta.

1. f. Am. Mujer que lleva la gestión administrativa de una empresa o institución.

La Nueva Gramática de la Lengua Española (NGLE), en su tomo I (p. 101) dice:

El sustantivo gerente cuenta con el femenino gerenta, recogido en el DRAE; es frecuente en Chile y en los países andinos, pero infrecuente en otros muchos.

La confusión —que algunos han elevado a categoría— viene del participio activo, «derivado verbal que en español acaba en –nte y denota capacidad de realizar la acción que expresa el verbo del que deriva». Muchos participios activos se integran, en su mayor parte, en la clase de los adjetivos (alarmante, permanente, balbuciente…), pero también de los sustantivos (cantante, estudiante, presidente…). Los sustantivos en -nte son comunes en masculino y femenino (el/la agente, el/la conferenciante, el/la dibujante…). Pero en algunos casos se han generalizado en el uso femeninos en -a, como clienta, dependienta o presidenta.

En el ámbito de la Universidad, en el que me encuentro, puede haber contribuido a una cierta confusión la Ley Orgánica de Universidades (LOU), que en su artículo 13 establece como órganos de gobierno unipersonales:

Rector o Rectora, Vicerrectores o Vicerrectoras, Secretario o Secretaria General, Gerente, Decanos o Decanas de Facultades, Directores o Directoras de Escuelas, de Departamentos y de Institutos Universitarios de Investigación.

Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE del 13 de abril).

¿Machismo femenino en el Parlamento? Habrá que reconocer aquí que los académicos le han tomado la delantera al legislador.

El cuento de la zorra…

La zorra salió un día de su casa para buscar qué comer. Era mediodía y no había desayunado. Al pasar por el bosque vio al cuervo, que estaba parado en la rama de un árbol y tenía en el pico un buen pedazo de queso. La zorra se sentó debajo del árbol, mirando todo el tiempo al cuervo, y le dijo estas palabras:

Autor: Johnny Automatic (ClipArt)

—Querido señor cuervo, ¡qué plumas tan brillantes y hermosas tiene usted! ¡Apenas puedo creerlo! Nunca he visto nada tan maravilloso. Me gustaría saber si su canto es igual de bonito, porque entonces no habrá duda de que es usted el rey de todos los que vivimos en el bosque.

El cuervo, muy contento de oír esas alabanzas, y con muchas ganas de ser el rey del bosque, quiso demostrarle a la zorra lo hermoso de su canto.

Abrió, pues, el pico y cantó así:

-¡Crrac!

La zorra se tapó las orejas, pero abrió bien el hocico para atrapar el queso que el cuervo dejó caer al abrir el pico. Lo atrapó, lo masticó despacio, lo saboreó, se lo tragó, y le dijo al cuervo:

—Muchísimas gracias, señor cuervo. ¡Qué sabroso desayuno!

La zorra se fue, relamiéndose los bigotes, y el cuervo se quedó muy pensativo.

[La versión original de La zorra y el cuervo se la debemos al fabulista Jean de la Fontaine (1621-1695).]

Según el juez, en sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia, la palabra zorra no siempre proyecta desprecio o menosprecio a la dignidad de la mujer porque tiene otras acepciones, como por ejemplo la de persona astuta, y, dicha palabra, no es expresiva de una posición de dominio o una exigencia de sumisión.

A mí me llega ahora a la memoria el poema de León Felipe:

Yo no sé muchas cosas, es verdad. 
Digo tan sólo lo que he visto. 
Y he visto: 
que la cuna del hombre la mecen con cuentos, 
que los gritos de angustia del hombre los ahogan con cuentos, 
que el llanto del hombre lo taponan con cuentos, 
que los huesos del hombre los entierran con cuentos, 
y que el miedo del hombre… 
ha inventado todos los cuentos. 
Yo no sé muchas cosas, es verdad, 
pero me han dormido con todos los cuentos… 
y sé todos los cuentos.

¿Hace falta más?

Noticia sobre el lenguaje no sexista

Dice el aforismo periodístico que noticia es cuando el hombre muerde al perro. En el caso contrario —el perro muerde al hombre—, no hay noticia. En los tiempos que corren, y para lo que nos ocupa, aquello que vaya en la dirección contraria del lenguaje políticamente correcto será noticia.

Derechos de los niños

Y, en ese sentido, un cierto revuelo ha causado la consejera de Educación del Principado de Asturias, recién estrenada en su puesto, Ana Isabel Álvarez, por romper un tabú feminista. Así, como quien no quiere la cosa, ha incluido en sendas circulares de principio de curso escolar la siguiente frase:

Todas las referencias para las que se usa la forma de masculino genérico, deben entenderse aplicables indistintamente a mujeres y hombres.

[Último párrafo de la página 2, en la Introducción]

En realidad, solo ha subrayado lo que dice la Real Academia Española (RAE) y que se reproduce aquí mismo, en este blog. Y digo bien, subrayado, porque en el texto de las dos circulares se mantiene la ortodoxia para el lenguaje no sexista: profesorado, alumnado, Dirección del centro, jefatura de estudios, profesor o profesora de apoyo… Aunque es verdad que se incorporan otras expresiones como: alumnos, directores de los centros, tutores, profesores itinerantes…, que tienen en el texto carácter genérico (masculino y femenino) y no se incluyen desdoblamientos, por fortuna, del tipo las/los profesores/-as, algo del todo incorrecto.

Ambigüedad o precisión: cuando falta el artículo

Sin el artículo, el sustantivo al que debería acompañar adquiere un matiz genérico: "Modificación del procedimiento abierto".

Sin el artículo, el sustantivo al que debería acompañar adquiere un matiz genérico: «Modificación del procedimiento abierto».

Tiro de archivo y me encuentro con un anuncio de AENA.  Lo primero que me ha saltado a la vista es ese titulillo: Modificación procedimiento abierto. ¡Falta el artículo! Modificación del procedimiento abierto. Podría, incluso, tratarse de una errata. Pero me temo que no. Dice el Manual de estilo del lenguaje administrativo (1997: 77):

…consideramos la omisión generalizada del artículo como una de las características más sobresalientes del lenguaje administrativo.

Y, entre otros, nos pone los siguientes ejemplos (lo que va entre corchetes no aparece en el original):

Con artículo o sin artículo, no es lo mismo (ilustración Bayuela).

Con artículo o sin artículo, no es lo mismo (ilustración Bayuela).

  • Deberá remitirse a esta Jefatura [el] justificante…
  • Le remito [la] copia de la resolución…
  • Para cumplir [la] sanción de suspensión…
  • Se acompaña [el] original del Acta…
  • Remitiendo [la] nota de cargo a esta Tesorería…
  • Remitir [el] importe por giro postal…

El problema aquí es de incorrección gramatical (es necesario el artículo cuando presenta al sujeto o al complemento directo), pero es tan frecuente en el lenguaje administrativo que casi es más chocante encontrarnos el artículo. Sin el artículo, el sustantivo al que debería acompañar adquiere un matiz genérico. Modificación procedimiento es cualquier procedimiento; Modificación del procedimiento abierto es un procedimiento concreto. Es decir, que sin el artículo tendemos a la ambigüedad y con el artículo estamos más cerca de la precisión en lo escrito. Es lo mismo, por ejemplo, que remito informe (¿qué informe?), o se solicita copia (¿qué copia?).

Esta joyita de anuncio trae otras perlas (lo siento, no me resisto), como: Comunicación de empresas prepresentadas [sic] a partir del día 11 de julio de 2011. ¡Hala! Sin comas ni nada. Pues tal y como va se refiere a ¿las? empresas que se presenten a partir del 11 de julio. Pero supongo que en realidad habla de que las empresas que se hayan presentado a esta convocatoria tendrán respuesta a su solicitud a partir del 11 de julio. Lo que se podría haber redactado así: Las empresas que se hayan presentado dispondrán de la oportuna comunicación a partir del 11 de julio de 2011. Bueno, solo es una posibilidad.

Fórmulas cortesanas, arcaicas y pintorescas

Fórmulas arcaicas

En las comunicaciones de los ciudadanos con la Administración podemos encontrarnos fórmulas fosilizadas, que expresan un sentido reverencial.

A pesar de los pesares, a pesar de todas las campañas que se han hecho y que se hacen de formación para funcionarios y de difusión de la modernización del lenguaje administrativo, todavía aparecen —y lo que te rondaré— fórmulas arcaicas que expresan un sentido reverencial para la Administración. El documento administrativo de uso ciudadano por excelencia es la solicitud. Es el que la ciudadanía utiliza para comunicarse con la Administración. Muchas veces, casi siempre, se le ofrecen al peticionario formularios para que pueda rellenar. Estos formularios deberán estar escritos, de preferencia, en primera persona y, básicamente, en tres bloques: identificación del solicitante, con nombre y apellidos; exposición de los hechos (EXPONGO) y solicitud (SOLICITO). Termina con la firma, lugar y fecha, y destinatario al pie del documento.

Pero —¡atención!— todavía pueden aparecer textos infiltrados (fórmulas cortesanas, arcaicas o pintorescas) que deberemos descubrir y, en su caso, rechazar:

De expresión del solicitante en tercera persona:
  • El que suscribe
  • El abajo firmante
De aproximación:
  • Ante V.I. acude
  • Ante V.I. comparece
  • Ante V.I. recurre
De respeto:
  • Y respetuosamente
  • Y con el debido respeto
  • Y con todo respeto
  • Y con el mayor respeto
De exposición:
  • Tiene el honor de exponer
Cautelar:
  • Que creyendo reunir
  • Que estimándose comprendido
De conexión:
  • Es por lo que
  • Es causa por la que
  • Por todo lo cual
  • En su virtud
  • En mérito de lo expuesto
De petición:
  • Suplica a V.I.
  • Suplica encarecidamente
  • Respetuosamente suplica
Dignación:
  • Se digne admitir
  • Tenga a bien conceder
De merced:
  • Gracia
  • Es gracia
De expectación o confianza:
  • Que no duda alcanzar
  • Que espera merecer
  • Que desea alcanzar
De apelación de las cualidades del destinatario:
  • De la bondad de V.I.
  • De la reconocida bondad de V.I.
  • Del recto proceder de V.I.
De salutación final:
  • Cuya vida guarde Dios muchos años
  • Dios guarde a V.I. muchos años
Indicación del destinatario:
  • Ilmo. Sr.
[Adaptación de las fórmulas de ritual, publicadas por Blanco de Tella (1968) en Documentación Administrativa, 122, 73-78].

¿Existirán todavía estas fórmulas fosilizadas? Quiero creer que no.