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Artificiosidad de cierto lenguaje no sexista en los desdoblamientos sistemáticos

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Una universidad privada busca «nuevo rector» o «nueva rectora» (ilustración: Bayuela).

Lo políticamente correcto nos persigue. No digamos si hablamos de lenguaje no sexista. En ese caso, y en su plasmación en el lenguaje administrativo (lenguaje escrito siempre), aparecen perlas que nada corrigen (discriminación por razón de sexo), pero suman disparates lingüísticos. Tengo ante mí el anuncio de una universidad privada que busca “nuevo rector o nueva rectora” −el plazo para presentar candidaturas (!) terminaba el 30 de septiembre−. En el cuarto párrafo dice que “el nuevo rector o rectora tiene que ser un catedrático”. ¿Por qué no “catedrático o catedrática”? ¿Es un despiste de los redactores? ¿No han repasado el texto?, ¿o les ha parecido excesivo?

Me ha venido a la memoria el ya famoso (por lo muy difundido) artículo 41 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:

Solo los venezolanos y venezolanas por nacimiento y sin otra nacionalidad podrán ejercer los cargos de Presidente o Presidenta de la República, Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, Presidente o Presidenta y Vicepresidentes o Vicepresidentas de la Asamblea Nacional, magistrados o magistradas del Tribunal Supremo de Justicia, Presidente o Presidenta del Consejo Nacional Electoral, Procurador o Procuradora General de la República, Contralor o Contralora General de la República, Fiscal General de la República, Defensor o Defensora del Pueblo, Ministros o Ministras de los despachos relacionados con la seguridad de la Nación, finanzas, energía y minas, educación; Gobernadores o Gobernadoras y Alcaldes o Alcaldesas de los Estados y Municipios fronterizos y de aquellos contemplados en la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional.

Para ejercer los cargos de diputados o diputadas a la Asamblea Nacional, Ministros o Ministras; Gobernadores o Gobernadoras y Alcaldes o Alcaldesas de Estados y Municipios no fronterizos, los venezolanos y venezolanas por naturalización deben tener domicilio con residencia ininterrumpida en Venezuela no menor de quince años y cumplir los requisitos de aptitud previstos en la ley.

Este es el ejemplo que cita el académico Ignacio Bosque en su documento “Sexismo lingüístico y visibilidad de la mujer” y que toma a su vez de Ignacio M. Roca, “Todas las vascas son vascos, y muchos vascos también vascas. Género y sexo en el castellano”, en el Boletín de la Real Academia Española (tomo 89, 2009, pág. 78). El mismo ejemplo que trae a colación Alberto Gómez Font, en su artículo “Abogacía y corrección idiomática”, en la Revista de Llengua i Dret (núm. 51, 2009, pág. 187-200), y que califica de “vértigo del desdoblamiento a ultranza”.

Yo propongo otro ejemplo más cercano. Este, en la Ley 10/2006, de 29 de diciembre, de Agricultura y Alimentación Ecológica de Euskadi. En la exposición de motivos se puede leer:

El Consejo de Agricultura y Alimentación Ecológica de Euskadi está formado por el presidente o la presidenta, el vicepresidente o la vicepresidenta, representantes de los y las titulares de explotaciones de producción […]. Por su parte el director o la directora del consejo desempeñará las funciones de secretario o secretaria.

En el artículo 1.2. dice:

A la regulación y régimen de control indicado en el apartado anterior deberán someterse los operadores y las operadoras que produzcan, elaboren, almacenen, comercialicen o importen algún producto de los citados…

El legislador riza el rizo de lo imposible en el artículo 2, Registro de operadores y operadoras:

1. Los y las operadoras [sic] que produzcan, elaboren y almacenen…

Yo pensaba comentar lo que aquí traigo. Pero nadie mejor que el propio Ignacio Bosque en su documento citado cuando se refiere a los desdoblamientos:

Se trata, al parecer, de lograr que el lenguaje oficial se diferencie aún más del real. A los tan denostados eufemismos de los políticos y los economistas, que enmascaran o edulcoran, como sabemos, tantos aspectos de la realidad, parece que ha de agregarse ahora un nuevo código artificial, ajeno al lenguaje común, constituido por nuevos circunloquios, restringidos −como antes− al mundo oficial. A la vez, se acepta paradójicamente su propia artificiosidad al reconocer implícitamente que no tienen aplicación en la lengua de todos los días.

O sea, que en nuestro lenguaje coloquial, del día a día, nos comunicamos, y en el formal, que es el escrito, y en el que se relaciona la Administración con los ciudadanos, nos incomunicamos.

¿Quién cuando dice “mañana cenamos con unos amigos” o “esta tarde fui a recoger a los niños” piensa que está excluyendo a las amigas o a las niñas?

A los redactores del anuncio hay que agradecerles, en todo caso, que no hayan titulado “Selección del nuevo/-a rector/-a”. Algo es algo.

Electrificación no es electrocución

Va de avisos. Por lo de recuperar algunas cosas vistas en este pasado mes de agosto. Y que es bueno, pienso yo, no pasar por alto. Una auténtica joyita este aviso de Adif, con el indicativo del Ministerio de Fomento, publicado en el diario La Vanguardia. Cuatro párrafos sin desperdicio. Merece la pena destriparlo. Eso sí. Atención. Porque el anuncio es real. Por muy surrealista que parezca, ¡es auténtico!

Algunos redactores anónimos de la Administración perpetran disparates lingüísticos.

Título:

Electrificación

Sí. Este es el título. Lo puedes contrastar con la reproducción, aquí mismo.

Primer párrafo:

Puesta en tensión a 3.300 v. de los feeders de la nueva S/E eléctrica de Gualba.

¿Quién pone en tensión? ¿Qué son los feeders? ¿Qué significa S/E? ¿Dónde está Gualba?

Segundo párrafo:

A partir de las cero horas y un minuto del día 1 de agosto de 2012, deberán considerarse en tensión los conductores que conforman los nuevos feeders de alimentación a catenaria en la nueva subestación eléctrica de la estación de Gualba. Los nuevos conductores discurren por los postes de catenaria de las vías 1 y 2, entre los kilómetros 161+888 y 162+682.

En “deberán considerarse en tensión los conductores”, ¿es un aviso a los conductores? Y si no, ¿quién debe considerar en tensión? ¿A quién va dirigido el aviso? ¿Quiénes son los conductores? Sabemos, sí, que “conforman los nuevos feeders”, pero claro, volvemos al párrafo anterior. No sabemos qué son los feeders. “Alimentación a catenaria”; aquí sí: ¡falta el artículo! No averiguamos más de Gualba, aunque sí se nos explica que los “conductores discurren por los postes de catenaria” etcétera. Lo de “discurren” debe ser una concesión retórica. ¡Vamos! Que el redactor se sentía inspirado.

Tercer párrafo:

Cualquier contacto de las personas con los citados conductores, tanto directamente como mediante hierros, alambres u otras piezas metálicas, puede provocar la muerte por electrocución.

No sabemos todavía a qué se refiere con “los conductores” (ahora sí se ve que no son personas), pero sí que las personas que los toquen directa o indirectamente (tiene su gracia ese intento de precisión: “hierros, alambres u otras piezas metálicas”) pueden morir “por electrocución”. ¡Este es el mensaje! En el tercer párrafo.

Cuarto (y último) párrafo:

Lo que se advierte a todo el personal implicado en las obras de ejecución y al público en general.

Ya me imagino a “todo el personal implicado en las obrasleyendo ávidamente el aviso publicado en el periódico; eso sí, antes de ponerse al tajo. Luego, puede ser tarde. En cuanto a lo de “al público en general”, se ve que el redactor o redactora del anuncio tenía un día gracioso.

Sugerencia: Indicar al pie del anuncio o del aviso cuánto se ha gastado el correspondiente organismo público en su publicación.

N.B.: El símbolo de “voltios” (que no abreviatura) es “V” (mayúscula y sin punto).

P.D.: Me niego, por hoy, a entrar en más detalles. O sea, a explicar nada. Lo siento.

________

• Proyecto de Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

• R.D. 1465/1999, de 17 de septiembre, por el que se establecen criterios de imagen institucional y se regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado. En la exposición de motivos, II.1.

La directora de la oficina del secretario de la junta… ejem

Que es lo que tiene el verano, con sus calores, y esta cosa tan pesada de las vacaciones, que cuesta ponerse al trabajo (sin ponerse trascendente, por favor). Entonces, antes de lanzarse a la vorágine de lo que pide el día a día, pues no viene mal un repasito a los recortes de prensa del mes de agosto. Y voy y me encuentro en la carpeta unos anuncios (31 de julio) del Ayuntamiento de Madrid.

Anuncio en "El País" (31.07.2012)

En la antefirma. Algunos cargos administrativos son tan largos que casi no caben.

La vista se me va a la antefirma, es decir, al enunciado del cargo, puesto que está toda en mayúsculas:

LA DIRECTORA DE LA OFICINA DEL SECRETARIO DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MADRID

Medio minuto de silencio…

Largo, ¿eh? Directora-de-la-oficina-del-secretario-de-la-Junta-de-Gobierno-de-la-ciudad-de-Madrid. Me acuerdo de un tuit que leí hace unos días, desde el que se enlazaba al organigrama del Ayuntamiento de Madrid (¿o de la Ciudad de Madrid?). Lo busco y, efectivamente, ahí está: la Oficina del secretario de la Junta de Gobierno, con nivel de Dirección General. De esta cuelga a su vez una Subdirección General. Cuento (y así te ahorro el tener que hacerlo tú) ¡cuarenta y nueve direcciones generales! Como dice mi colega tuitera, ¡tela!

Aparte, se me ocurren algunas reflexiones.

Sobre el lenguaje administrativo, propio de este blog: ¿por qué tiene que ir todo el texto en mayúsculas?

Sobre la identidad corporativa: ¡no hay Ayuntamiento! Sino un logo (¡Madrid!).

Sobre la longitud del cargo y el organigrama: que me sumo a la cara de susto de los ciudadanos que perciben la Administración como algo hipertrofiado.

Ambigüedad o precisión: cuando falta el artículo

Sin el artículo, el sustantivo al que debería acompañar adquiere un matiz genérico: "Modificación del procedimiento abierto".

Sin el artículo, el sustantivo al que debería acompañar adquiere un matiz genérico: «Modificación del procedimiento abierto».

Tiro de archivo y me encuentro con un anuncio de AENA.  Lo primero que me ha saltado a la vista es ese titulillo: Modificación procedimiento abierto. ¡Falta el artículo! Modificación del procedimiento abierto. Podría, incluso, tratarse de una errata. Pero me temo que no. Dice el Manual de estilo del lenguaje administrativo (1997: 77):

…consideramos la omisión generalizada del artículo como una de las características más sobresalientes del lenguaje administrativo.

Y, entre otros, nos pone los siguientes ejemplos (lo que va entre corchetes no aparece en el original):

Con artículo o sin artículo, no es lo mismo (ilustración Bayuela).

Con artículo o sin artículo, no es lo mismo (ilustración Bayuela).

  • Deberá remitirse a esta Jefatura [el] justificante…
  • Le remito [la] copia de la resolución…
  • Para cumplir [la] sanción de suspensión…
  • Se acompaña [el] original del Acta…
  • Remitiendo [la] nota de cargo a esta Tesorería…
  • Remitir [el] importe por giro postal…

El problema aquí es de incorrección gramatical (es necesario el artículo cuando presenta al sujeto o al complemento directo), pero es tan frecuente en el lenguaje administrativo que casi es más chocante encontrarnos el artículo. Sin el artículo, el sustantivo al que debería acompañar adquiere un matiz genérico. Modificación procedimiento es cualquier procedimiento; Modificación del procedimiento abierto es un procedimiento concreto. Es decir, que sin el artículo tendemos a la ambigüedad y con el artículo estamos más cerca de la precisión en lo escrito. Es lo mismo, por ejemplo, que remito informe (¿qué informe?), o se solicita copia (¿qué copia?).

Esta joyita de anuncio trae otras perlas (lo siento, no me resisto), como: Comunicación de empresas prepresentadas [sic] a partir del día 11 de julio de 2011. ¡Hala! Sin comas ni nada. Pues tal y como va se refiere a ¿las? empresas que se presenten a partir del 11 de julio. Pero supongo que en realidad habla de que las empresas que se hayan presentado a esta convocatoria tendrán respuesta a su solicitud a partir del 11 de julio. Lo que se podría haber redactado así: Las empresas que se hayan presentado dispondrán de la oportuna comunicación a partir del 11 de julio de 2011. Bueno, solo es una posibilidad.