Archivo de la categoría: Uso respetuoso del lenguaje administrativo

Lo dice la Constitución, en su artículo 14: «Los españoles somos iguales ante la ley sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social».

«Persona con discapacidad», no «minusválido»

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Una persona con discapacidad es una persona con capacidades diferentes (ilustración Bayuela).

Discapacidad y persona con discapacidad son los términos aceptados internacionalmente para quienes tienen “déficits, limitaciones en la actividad y restricciones en la participación” (RD 1856/2009, de 4 de diciembre). [Lo de “restricciones en la participación” viene así en el real decreto, sin más aclaraciones.] El 3 de diciembre es el Día Internacional de las Personas con Discapacidad, tal y como proclamaron las Naciones Unidas en 1992.

En España el uso de “persona con discapacidad” es obligado en los textos normativos desde el 1 de enero de 2007 (Disposición adicional octava. Terminología. Ley 39/2006, de 14 de diciembre). Se sustituyen así los términos minusválido y persona con minusvalía, que la Organización Mundial de la Salud (OMS) decidió abandonar en 2001, por su “connotación peyorativa”. Discapacidad es también el término elegido por la Asamblea General de la ONU en el Primer Tratado Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobado en 2006. Queda muy atrás la norma que suprimía para los textos de la Administración los términos subnormalidad y subnormal (RD 348/1986, de 10 de febrero). Estos términos se sustituían, en aquel momento, por minusvalía y persona con minusvalía.

El término minusválido está en retroceso (394.000 resultados al teclear la palabra en Google) frente a discapacitado (3.380.000 resultados al teclear la palabra en Google). Discapacidad sustituye del mejor modo posible sinónimos como deficiencia, anormalidad o minusvalía. Quien presente una determinada discapacidad será una persona con discapacidad, lo que en todo caso se podría concretar como discapacidad física, intelectual o enfermedad mental, sea cual sea el grado de discapacidad o de enfermedad. Están en desuso términos como invalidez, inválido, minusvalía, minusválido, loco, invidente, cojo, subnormal, anormal, tullido, mutilado, tarado, etcétera. Todo esto, claro, referido siempre al lenguaje administrativo y a un uso de respeto, lo que no tiene nada que ver con la literatura, por ejemplo.

Uso de respeto, sí. Lo que no equivale, o no debe equivaler, a lenguaje neutro o políticamente correcto. Que son parecidos, pero no es lo mismo. Hay una raya tenue que estará, seguro, en el sentido común. En el esperpento del lenguaje políticamente correcto se puede sustituir feo, por cosméticamente diferente; pobre, por económicamente explotado, aunque sí nos encontraremos con persona en situación de precariedad; o dentadura postiza, por dentición alternativa. Son solo unos ejemplos, pero hay muchos, muchos… En el lenguaje administrativo todo parte del fenómeno de la cortesía, lo que lleva al empleo de eufemismos o de perífrasis. Se sustituyen las palabras por las definiciones de las palabras. Un cartero es un auxiliar técnico de clasificación y reparto, o una portera es una controladora de accesos. Para que gane lo aceptable socialmente pierde la comunicación eficaz.

El concepto que se utilizará para las personas de capacidades diferentes en las comunicaciones será discapacidad. Como regla general, escribiremos persona sorda (no sordo) o persona sordociega (no sordociego). También persona de talla baja (no enano). Tartamudo y tartamudez, sí; pero no tartaja. Lengua de signos, sí; pero no lenguaje de signos. En la expresión escrita —siempre dentro del registro formal— evitaremos los verbos padecer, sufrir, aquejar, referidos a la discapacidad. Utilizaremos mejor verbos neutros, como presentar, tener, manifestar, concurrir, etcétera, que no prejuzgan el hecho de tener una discapacidad.

*Las personas que padecen síndrome de Down
Las personas que tienen síndrome de Down

*Hay gente que sufre el trastorno bipolar
Hay gente que presenta trastorno bipolar

*Aquejada de parálisis cerebral
Manifiesta parálisis cerebral

Por otra parte está el asunto de la accesibilidad en la documentación administrativa:

Los documentos e impresos estarán redactados con un lenguaje simple y directo, sin que se utilicen siglas o abreviaturas. Los documentos básicos de información de uso más habitual deberán contar con versiones simplificadas para personas con discapacidades intelectuales o problemas de comprensión escrita. (Art. 13.1 del RD 366/2007, de 16 de marzo).

Dependencia es el término habitual de la última legislación española para referirse a personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, precisan de la atención de otras para sus actividades básicas en la vida diaria. Persona dependiente incluirá a un anciano o a un niño que, en un momento dado, pueden depender de la asistencia o de la ayuda de alguien.

Artificiosidad de cierto lenguaje no sexista en los desdoblamientos sistemáticos

Una universidad privada busca «nuevo rector» o «nueva rectora» (ilustración: Bayuela).

Lo políticamente correcto nos persigue. No digamos si hablamos de lenguaje no sexista. En ese caso, y en su plasmación en el lenguaje administrativo (lenguaje escrito siempre), aparecen perlas que nada corrigen (discriminación por razón de sexo), pero suman disparates lingüísticos. Tengo ante mí el anuncio de una universidad privada que busca “nuevo rector o nueva rectora” −el plazo para presentar candidaturas (!) terminaba el 30 de septiembre−. En el cuarto párrafo dice que “el nuevo rector o rectora tiene que ser un catedrático”. ¿Por qué no “catedrático o catedrática”? ¿Es un despiste de los redactores? ¿No han repasado el texto?, ¿o les ha parecido excesivo?

Me ha venido a la memoria el ya famoso (por lo muy difundido) artículo 41 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:

Solo los venezolanos y venezolanas por nacimiento y sin otra nacionalidad podrán ejercer los cargos de Presidente o Presidenta de la República, Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, Presidente o Presidenta y Vicepresidentes o Vicepresidentas de la Asamblea Nacional, magistrados o magistradas del Tribunal Supremo de Justicia, Presidente o Presidenta del Consejo Nacional Electoral, Procurador o Procuradora General de la República, Contralor o Contralora General de la República, Fiscal General de la República, Defensor o Defensora del Pueblo, Ministros o Ministras de los despachos relacionados con la seguridad de la Nación, finanzas, energía y minas, educación; Gobernadores o Gobernadoras y Alcaldes o Alcaldesas de los Estados y Municipios fronterizos y de aquellos contemplados en la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional.

Para ejercer los cargos de diputados o diputadas a la Asamblea Nacional, Ministros o Ministras; Gobernadores o Gobernadoras y Alcaldes o Alcaldesas de Estados y Municipios no fronterizos, los venezolanos y venezolanas por naturalización deben tener domicilio con residencia ininterrumpida en Venezuela no menor de quince años y cumplir los requisitos de aptitud previstos en la ley.

Este es el ejemplo que cita el académico Ignacio Bosque en su documento “Sexismo lingüístico y visibilidad de la mujer” y que toma a su vez de Ignacio M. Roca, “Todas las vascas son vascos, y muchos vascos también vascas. Género y sexo en el castellano”, en el Boletín de la Real Academia Española (tomo 89, 2009, pág. 78). El mismo ejemplo que trae a colación Alberto Gómez Font, en su artículo “Abogacía y corrección idiomática”, en la Revista de Llengua i Dret (núm. 51, 2009, pág. 187-200), y que califica de “vértigo del desdoblamiento a ultranza”.

Yo propongo otro ejemplo más cercano. Este, en la Ley 10/2006, de 29 de diciembre, de Agricultura y Alimentación Ecológica de Euskadi. En la exposición de motivos se puede leer:

El Consejo de Agricultura y Alimentación Ecológica de Euskadi está formado por el presidente o la presidenta, el vicepresidente o la vicepresidenta, representantes de los y las titulares de explotaciones de producción […]. Por su parte el director o la directora del consejo desempeñará las funciones de secretario o secretaria.

En el artículo 1.2. dice:

A la regulación y régimen de control indicado en el apartado anterior deberán someterse los operadores y las operadoras que produzcan, elaboren, almacenen, comercialicen o importen algún producto de los citados…

El legislador riza el rizo de lo imposible en el artículo 2, Registro de operadores y operadoras:

1. Los y las operadoras [sic] que produzcan, elaboren y almacenen…

Yo pensaba comentar lo que aquí traigo. Pero nadie mejor que el propio Ignacio Bosque en su documento citado cuando se refiere a los desdoblamientos:

Se trata, al parecer, de lograr que el lenguaje oficial se diferencie aún más del real. A los tan denostados eufemismos de los políticos y los economistas, que enmascaran o edulcoran, como sabemos, tantos aspectos de la realidad, parece que ha de agregarse ahora un nuevo código artificial, ajeno al lenguaje común, constituido por nuevos circunloquios, restringidos −como antes− al mundo oficial. A la vez, se acepta paradójicamente su propia artificiosidad al reconocer implícitamente que no tienen aplicación en la lengua de todos los días.

O sea, que en nuestro lenguaje coloquial, del día a día, nos comunicamos, y en el formal, que es el escrito, y en el que se relaciona la Administración con los ciudadanos, nos incomunicamos.

¿Quién cuando dice “mañana cenamos con unos amigos” o “esta tarde fui a recoger a los niños” piensa que está excluyendo a las amigas o a las niñas?

A los redactores del anuncio hay que agradecerles, en todo caso, que no hayan titulado “Selección del nuevo/-a rector/-a”. Algo es algo.

Cuestión de prioridades: de la ley al Diccionario, siete años

Con la nueva definición de matrimonio recogida en el Diccionario de la Real Academia Española (DRAE), la docta Casa se ha anticipado a la sentencia –parece que será favorable– del Tribunal Constitucional sobre la legalidad de la normativa que permite bodas gais en España. La Ley 13/2005 que sanciona el matrimonio homosexual fue recurrida por el Partido Popular (PP) hace siete años. Esta es la quinta revisión que hace la RAE a la 22ª edición de su Diccionario (2001), en la que ha incorporado o modificado 1697 voces. Desde entonces se han hecho 22.000 actualizaciones. Un gran esfuerzo y un buen trabajo. La sexta y última revisión coincidirá con la impresión de la 23ª edición del DRAE, que saldrá en otoño de 2014. Un año antes, en 2013, se celebrará el tercer centenario de la Real Academia.

El recurso del PP hace mención al artículo 32 de la Constitución. También a la “etimología latina del vocablo matrimonio”: “Numerosos autores consideran que matrimonio proviene de mater munium, oficio de madre…”. Y también al DRAE, en su definición de matrimonio como “unión de hombre y mujer”. Una cosa y otra se mantienen tras la modificación:

matrimonio.
[Antes]
(Del lat. matrimonĭum).
1. m. Unión de hombre y mujer concertada mediante determinados ritos o formalidades legales.
3. m. coloq. Marido y mujer. En este cuarto vive un matrimonio.

[Ahora]
(Del lat. matrimonĭum).
1. m. Unión de hombre y mujer, concertada mediante ciertos ritos o formalidades legales, para establecer y mantener una comunidad de vida e intereses.
2. m. En determinadas legislaciones, unión de dos personas del mismo sexo, concertada mediante ciertos ritos o formalidades legales, para establecer y mantener una comunidad de vida e intereses.
4. m. Pareja unida en matrimonio. En este cuarto vive un matrimonio.

En la nueva segunda acepción el matiz está en lo de “en determinadas legislaciones”. La tercera acepción (antes, la segunda) se refiere al matrimonio en el catolicismo.

Las cuentas sobre el sí de la RAE al matrimonio homosexual se han echado a partir de la legalización de las bodas gais.

Los cambios en el Diccionario están consensuados entre las veintidós academias de la lengua española. El matrimonio homosexual está reconocido en otros países hispanohablantes, como México y Argentina. En España la acepción ya estaba reconocida desde 2009 por el Institut d’Estudis Catalans (IEC) y por la Acadèmia Valenciana de la Llengua (AVL). Esta revisión ha sido casi monotemática en los titulares: el sí de la RAE al matrimonio homosexual. Lógico, porque trae connotaciones políticas, ideológicas, religiosas, sentimentales, reivindicativas… Y la incorporación de esta acepción ha traído aplausos para la RAE que ayer eran críticas para la institución. Y es que, como bien sabemos, el lenguaje no es neutral.

Yo voy a dejar aquí, para la curiosidad del lector, algunas voces con el antes y ahora; y otras que (¡oh, la, la!) no se han modificado. El sexismo en el lenguaje todavía está ahí. Para quien lo quiera ver.

loro: persona muy fea [no hay discriminación de sexo].
callo: mujer muy fea [hay discriminación de sexo].

ennoviarse: echarse novio [hay discriminación de sexo].

amancebamiento: trato sexual habitual entre hombre y mujer no casados entre sí.
mancebo: hombre soltero [no lleva connotación negativa].
mancebaconcubina [lleva connotación negativa].
concubina: [antes] mujer que vive en concubinato [no reconocía concubino].
concubina, no: [ahora] persona que vive en concubinato [reconoce concubino].
concubinato: relación marital de un hombre con una mujer sin estar casados.
marital: perteneciente o relativo al marido o a la vida conyugal.

No parece que en estos casos, como en otros muchos, sea el BOE el que vaya a determinar su modificación en el Diccionario. Distintas voces, distintas velocidades.

Disparates ortográficos en los tratamientos de mujer y hombre

Leo en el periódico “El Mundo” (Madrid, España) un edicto del Juzgado de Primera Instancia de Madrid (1 de junio de 2012) –publicado por orden de la secretaria del Juzgado, Inmaculada G.–, cosas como estas: D. María del Carmen J.; Magistrado-Juez D./Dña. Mª Soledad E.; D. Aurora L. Y en la antefirma: EL/LA MAGISTRADO-JUEZ; EL/LA SECRETARIO.

Los dobletes tipo D./Dña. no se pueden colocar delante de un nombre propio: o es D. o es Dña.

El mismo texto aparece en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del 4 de junio, pero con algunos cambios en lo que aquí me interesa: doña María del Carmen J.; Magistrada-Juez doña M.ª Soledad E.; doña Aurora L. Y en la antefirma: El/La Magistrado-Juez; El/La Secretario.

Lo primero que hay que decir es que esto no lo ha redactado quien firma. Ya sabemos que en la Administración lo habitual es que unos elaboren los textos y otros los firmen. Lo segundo es un aplauso para los correctores del BOE, que han rectificado un copia/pega a los funcionarios de los Juzgados. Un acierto también pasar a minúsculas lo que iba todo en mayúsculas en la antefirma. Lo tercero es lamentar que la rectificación no haya sido completa. ¿Por qué “El/La Magistrado-Juez” y “El/La Secretario”?; porque son respectivamente la magistrada, María Soledad E. y la secretaria del Juzgado, Inmaculada G. Y además está la incongruencia de no completar el doblete: El/La Secretario/-a.

Más cosas. Mira tú por dónde aquí solo se cita a mujeres: Inmaculada G., María del Carmen J., María Soledad E. y Aurora L. ¿A qué viene esa abreviatura masculina (D.)? Claramente, porque alguien (con mucha prisa o con desgana) se ha limitado a cambiar los nombres en el original que sirve de matriz. Y luego, ni siquiera se ha molestado en modificar los tratamientos (siempre se ha hecho así, y andando). Lo de D./Dña. tiene un comentario específico. Es una forma equivocada, y por tanto errónea, de lenguaje no sexista. Porque lenguaje no sexista es tratar a la mujer como mujer y al hombre como hombre. Es una risa escribir cosas del tipo: Sr./Sra. D./D.ª Luis Fernández Corchado, secretario/-a de…, por ejemplo en la dirección de un sobre.

No hay problema para feminizar los cargos, las profesiones o los puestos de trabajo, aunque puede haber algunas excepciones. En este caso es, además, recomendable la forma femenina magistrada (mi corrector de Word se empeña todavía en cambiar la -a por una -o) y secretaria. No hay problema para utilizar jueza.

Por otra parte, la barra (/) es un signo ortográfico auxiliar que cuando se coloca entre dos palabras o entre una palabra y un morfema indica la existencia de dos o más opciones posibles. Así, por ejemplo: El/los día/-s pasado/-s; Querido/-a amigo/-a. En todo caso, y cuando se refiere a personas, es preferible reservar el uso de las barras para formularios, impresos de preinscripción, matrículas de estudios, etcétera. En estos casos cumple la función de simplificar el documento para rellenar.

Lo peor de todo esto es que podamos aceptar los disparates gramaticales y ortográficos como una singularidad del lenguaje administrativo o jurídico.

¿La gerente?, o ¿la gerenta?

Mujer lectora

Las dos fórmulas, gerente o gerenta, son válidas para la mujer. Siempre decide la interesada. (Ilustración: COSTA con ClipArt ETC)

Con frecuencia me preguntan mis compañeros:

–Oye, ¿cómo se dice? ¿La gerente?, o ¿la gerenta?

El asunto no es menor. Primero, porque hay razones gramaticales para dudar de la conveniencia de ese femenino, y en segundo lugar, porque la gerente (o gerenta) es la jefa de todos nosotros (¿o es este el primer argumento?).

Lo primero que tengo que decir —y digo— es que podemos aplicar —aquí, sí— las dos fórmulas para la mujer: la gerente y también la gerenta. Y lo segundo que tengo que decir —y digo— es que será la mujer en ese cargo la que decida qué prefiere:

—Yo, gerente.

—Yo, gerenta.

El Diccionario de la Real Academia (DRAE) lo recoge en el avance de su vigésima tercera edición:

gerenta.

1. f. Am. Mujer que lleva la gestión administrativa de una empresa o institución.

La Nueva Gramática de la Lengua Española (NGLE), en su tomo I (p. 101) dice:

El sustantivo gerente cuenta con el femenino gerenta, recogido en el DRAE; es frecuente en Chile y en los países andinos, pero infrecuente en otros muchos.

La confusión —que algunos han elevado a categoría— viene del participio activo, «derivado verbal que en español acaba en –nte y denota capacidad de realizar la acción que expresa el verbo del que deriva». Muchos participios activos se integran, en su mayor parte, en la clase de los adjetivos (alarmante, permanente, balbuciente…), pero también de los sustantivos (cantante, estudiante, presidente…). Los sustantivos en -nte son comunes en masculino y femenino (el/la agente, el/la conferenciante, el/la dibujante…). Pero en algunos casos se han generalizado en el uso femeninos en -a, como clienta, dependienta o presidenta.

En el ámbito de la Universidad, en el que me encuentro, puede haber contribuido a una cierta confusión la Ley Orgánica de Universidades (LOU), que en su artículo 13 establece como órganos de gobierno unipersonales:

Rector o Rectora, Vicerrectores o Vicerrectoras, Secretario o Secretaria General, Gerente, Decanos o Decanas de Facultades, Directores o Directoras de Escuelas, de Departamentos y de Institutos Universitarios de Investigación.

Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE del 13 de abril).

¿Machismo femenino en el Parlamento? Habrá que reconocer aquí que los académicos le han tomado la delantera al legislador.

La RAE, dispuesta a eliminar «tosco» como acepción de «rural»

Imagen rural

Rural no puede ser sinónimo de inculto. Archivo: ClipArt ETC

La segunda acepción en el Diccionario de la Real Academia (RAE) de la palabra rural todavía figura como:

Inculto, tosco, apegado a cosas lugareñas.

Sobre este asunto publiqué un post en el mes de abril pasado. Me hacía eco de una noticia sobre la denuncia en medios agrarios de Asturias de la discriminación que conlleva el adjetivo tosco asociado a rural. Y de la exigencia de diversos colectivos, y personas de reconocido prestigio en el campo de la lingüística, para que se retirase esta acepción anacrónica.

Afortunadamente la RAE, por boca de su secretario Darío Villanueva, explicó este verano pasado que es muy posible que se elimine esa acepción de tosco en la entrada correspondiente a rural en la próxima edición del Diccionario en papel, prevista para 2014. En la noticia correspondiente de la agencia Efe (26 de julio de 2011) se explica que la RAE decidió en 2008, a iniciativa propia, eliminar tosco, como adjetivo de rural. La última modificación en internet del Diccionario se hizo en 2007 y por eso no se suprimió esa acepción, que apareció por primera vez en la entrada de rural en 1925.

Enhorabuena para todos aquellos que habiten en el medio rural, porque ya no serán paletos.

El cuento de la zorra…

La zorra salió un día de su casa para buscar qué comer. Era mediodía y no había desayunado. Al pasar por el bosque vio al cuervo, que estaba parado en la rama de un árbol y tenía en el pico un buen pedazo de queso. La zorra se sentó debajo del árbol, mirando todo el tiempo al cuervo, y le dijo estas palabras:

Autor: Johnny Automatic (ClipArt)

—Querido señor cuervo, ¡qué plumas tan brillantes y hermosas tiene usted! ¡Apenas puedo creerlo! Nunca he visto nada tan maravilloso. Me gustaría saber si su canto es igual de bonito, porque entonces no habrá duda de que es usted el rey de todos los que vivimos en el bosque.

El cuervo, muy contento de oír esas alabanzas, y con muchas ganas de ser el rey del bosque, quiso demostrarle a la zorra lo hermoso de su canto.

Abrió, pues, el pico y cantó así:

-¡Crrac!

La zorra se tapó las orejas, pero abrió bien el hocico para atrapar el queso que el cuervo dejó caer al abrir el pico. Lo atrapó, lo masticó despacio, lo saboreó, se lo tragó, y le dijo al cuervo:

—Muchísimas gracias, señor cuervo. ¡Qué sabroso desayuno!

La zorra se fue, relamiéndose los bigotes, y el cuervo se quedó muy pensativo.

[La versión original de La zorra y el cuervo se la debemos al fabulista Jean de la Fontaine (1621-1695).]

Según el juez, en sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia, la palabra zorra no siempre proyecta desprecio o menosprecio a la dignidad de la mujer porque tiene otras acepciones, como por ejemplo la de persona astuta, y, dicha palabra, no es expresiva de una posición de dominio o una exigencia de sumisión.

A mí me llega ahora a la memoria el poema de León Felipe:

Yo no sé muchas cosas, es verdad. 
Digo tan sólo lo que he visto. 
Y he visto: 
que la cuna del hombre la mecen con cuentos, 
que los gritos de angustia del hombre los ahogan con cuentos, 
que el llanto del hombre lo taponan con cuentos, 
que los huesos del hombre los entierran con cuentos, 
y que el miedo del hombre… 
ha inventado todos los cuentos. 
Yo no sé muchas cosas, es verdad, 
pero me han dormido con todos los cuentos… 
y sé todos los cuentos.

¿Hace falta más?

Noticia sobre el lenguaje no sexista

Dice el aforismo periodístico que noticia es cuando el hombre muerde al perro. En el caso contrario —el perro muerde al hombre—, no hay noticia. En los tiempos que corren, y para lo que nos ocupa, aquello que vaya en la dirección contraria del lenguaje políticamente correcto será noticia.

Derechos de los niños

Y, en ese sentido, un cierto revuelo ha causado la consejera de Educación del Principado de Asturias, recién estrenada en su puesto, Ana Isabel Álvarez, por romper un tabú feminista. Así, como quien no quiere la cosa, ha incluido en sendas circulares de principio de curso escolar la siguiente frase:

Todas las referencias para las que se usa la forma de masculino genérico, deben entenderse aplicables indistintamente a mujeres y hombres.

[Último párrafo de la página 2, en la Introducción]

En realidad, solo ha subrayado lo que dice la Real Academia Española (RAE) y que se reproduce aquí mismo, en este blog. Y digo bien, subrayado, porque en el texto de las dos circulares se mantiene la ortodoxia para el lenguaje no sexista: profesorado, alumnado, Dirección del centro, jefatura de estudios, profesor o profesora de apoyo… Aunque es verdad que se incorporan otras expresiones como: alumnos, directores de los centros, tutores, profesores itinerantes…, que tienen en el texto carácter genérico (masculino y femenino) y no se incluyen desdoblamientos, por fortuna, del tipo las/los profesores/-as, algo del todo incorrecto.

«Rural» no es sinónimo de «paleto»

Labradores trabajando
Relacionar rural con inculto no es correcto.

La palabra rural trae cola últimamente. Mi compañero y sin embargo amigo Santiago Escribano, vocal del Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos de por aquí, me hace notar la polémica que ha surgido en torno a la segunda acepción del DRAE: «Inculto, tosco, apegado a cosas lugareñas«. Francisco González Méndez, alcalde de Cudillero (Asturias) y presidente de la Comisión de Municipios Rurales de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), ha calificado esta definición como peyorativa, ofensiva e intolerable en pleno siglo XXI. El alcalde quiere lanzar desde Facebook y otras redes sociales una campaña para que la RAE elimine de la segunda acepción de rural en su diccionario los adjetivos inculto y tosco. En sus palabras:

En todo el país somos unos 10 millones de habitantes en el medio rural y creemos que esta denominación es claramente discriminatoria hacia nosotros, además de incierta, por no ajustarse a la realidad.

González Méndez, que también es presidente de la Red Asturiana de Desarrollo Rural, subrayó que relacionar rural con inculto no es correcto. Y precisó que esta acepción debe ser modificada para que los jóvenes que viven en el medio rural no queden marcados por este estigma.

El medio rural es algo vivo donde coexisten la agricultura, la ganadería y la industria. Hay proyectos innovadores y gente trabajadora e inteligente. No se nos puede discriminar de esta manera.

La propuesta es respaldada también por el catedrático de Lingüística y académico (RAE) Salvador Gutiérrez Ordóñez. Antes, ha explicado, «la palabra rural era asimilable a inculto, pero ahora ya no». La revisión de esta segunda acepción puede llevarse a cabo de dos formas: una, retirando el sinónimo de inculto; y otra, explicando que esta acepción se utilizaba en el pasado. Los plazos para una posible modificación del diccionario irían entre seis meses y un año, suponiendo que se apruebe.

Y puesto que en este blog se habla de lenguaje administrativo, resulta conveniente hacer referencia a la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el Desarrollo sostenible del medio rural (BOE del 14 de diciembre). En su artículo 3, Definiciones, se lee:

Medio rural: el espacio geográfico formado por la
agregación de municipios o entidades locales menores
definido por las administraciones competentes que posean
una población inferior a 30 000 habitantes y una densidad
inferior a los 100 habitantes por km².

También hay un Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, con su ministra Rosa Aguilar al frente. Y no Medio Ambiente, y Medio Paleto y Marino, por ejemplo.

Cuestión distinta sería la palabra rústico; en su segunda acepción (DRAE), tosco. Sancho Panza decía de sí mismo:

Aunque soy rústico, mis carnes tienen más de algodón que de esparto.

¡Quién lo diría!

Caricatura no sexista

Circula por la Red una solicitud de ayudas del Ayuntamiento de Madrid supuestamente escrita en lenguaje no sexista. Cuesta creer que, con algo de lo que todavía nuestros mayores llamarían sensatez, se puedan escribir cosas del tipo:

No deberá presentarlo si el/la otro/otra progenitor/a es trabajador/a municipal, o aquellos empleados que no tengan incluido en la Declaración de la Unidad Familiar al/a la otro/a progenitor/a del/de la niño/a para el/la que se pide la ayuda siempre y cuando el/la niño/a conviva con el/la solicitante y el/la otro/a progenitor/a no viva en el domicilio familiar.

Pareja retocada

Ciertos excesos en el lenguaje no sexista conducen a la oscuridad del mensaje y al rechazo. (Ilustración: OpenClipArt).

¿Cómo se te queda la cara, amigo lector? Si no es una broma pesada, es para echarse a temblar. Pero a nosotros nos sirve como ejercicio. Podría, muy bien, quedar redactado así:

No deberá presentarlo [el certificado que se especifica] si el otro progenitor es trabajador municipal. Si el otro progenitor no está incluido en la Declaración de la Unidad Familiar y vive fuera del domicilio del solicitante, tampoco deberá presentar certificado, siempre y cuando el niño o la niña para el que se pide la ayuda conviva con el empleado municipal.

Progenitor, trabajador, empleado, son masculinos genéricos, cuyo uso aquí no implica discriminación lingüística sexista. El uso del doblete mediante barras hay que evitarlo, de no ser en formularios abiertos, pues entorpece la lectura. Y sin embargo, el desdoblamiento en el caso del «niño o la niña» está plenamente justificado, para evitar que se pueda interpretar como sujeto del beneficio de la ayuda solo al niño (y no a la niña).

El lenguaje administrativo requiere claridad. El ejemplo que aquí traigo es una caricatura, que sirve para entender muy bien lo que no hay que hacer para evitar el sexismo lingüístico.

Del «auxiliar técnico de clasificación y reparto» al «oferente de empleo»

Cartero

El auxiliar técnico de clasificación y reparto (antes, cartero), en plena tarea. (Ilustración: OpenClipArt).

¿Alguien entiende qué significa eso de «oferentes de empleo«? La noticia se publicó hace unos días: «Griñán cambia el nombre a los parados por el de oferentes de empleo«. Según el diccionario, oferente es aquel que ofrece. Así que para el gobierno de la Junta de Andalucía el parado, que antes buscaba empleo, ahora lo ofrece (!). ¿Estamos ante otro ejemplo de enmascaramiento? ¿De cambiar el nombre a las cosas para despistar?. Todos tenemos muy clarito, por desgracia, lo que es un parado. ¿Pero esto de un oferente de empleo?

Por otra parte, es moneda corriente en el lenguaje administrativo la inflación de las palabras. Se sustituyen las palabras por sus definiciones, las frases se alargan y ya no se entiende nada.

Lo habitual en el lenguaje de la Administración pública es que no se utilicen las palabras del diccionario, sino las definiciones de las palabras del diccionario. De ahí que muchos decretos, órdenes y disposiciones se conviertan en verdaderos dameros malditos, donde hay que descubrir significantes a partir de los significados, que es exactamente la operación inversa a la que estamos acostumbrados a hacer para interpretar un mensaje.

Salvador, Gregorio (1990): «Observaciones sobre el lenguaje de la Administración pública», en EPOS, 6; p. 125.

Así, al Cuerpo de Bomberos se le llama Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento (SEIS); a los carteros, auxiliares técnicos de clasificación y reparto; a los vagabundos, personas en situación de precariedad con riesgo de exclusión social o económica, y a los chupa-chups, o chupachús, azúcares aromatizados con asidero de madera [sic].

Algunas sustituciones son una auténtica desgracia: profesor de EGB (maestro). Otras son, simplemente, de risa: segmento de ocio (recreo). Otras, quieren ser de lenguaje respetuoso: persona con problemas de salud mental (perturbado o loco). Otras son un abuso del lenguaje: habrá de poderse admitir (se admitirá).

Razones de cortesía pueden obligar al empleo de algunos eufemismos. Ante motivos políticos, podemos hablar de intereses espurios. En todos los casos, los alargamientos dificultan la comprensión y oscurecen los mensajes.