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Artificiosidad de cierto lenguaje no sexista en los desdoblamientos sistemáticos
Lo políticamente correcto nos persigue. No digamos si hablamos de lenguaje no sexista. En ese caso, y en su plasmación en el lenguaje administrativo (lenguaje escrito siempre), aparecen perlas que nada corrigen (discriminación por razón de sexo), pero suman disparates lingüísticos. Tengo ante mí el anuncio de una universidad privada que busca “nuevo rector o nueva rectora” −el plazo para presentar candidaturas (!) terminaba el 30 de septiembre−. En el cuarto párrafo dice que “el nuevo rector o rectora tiene que ser un catedrático”. ¿Por qué no “catedrático o catedrática”? ¿Es un despiste de los redactores? ¿No han repasado el texto?, ¿o les ha parecido excesivo?
Me ha venido a la memoria el ya famoso (por lo muy difundido) artículo 41 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:
Solo los venezolanos y venezolanas por nacimiento y sin otra nacionalidad podrán ejercer los cargos de Presidente o Presidenta de la República, Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, Presidente o Presidenta y Vicepresidentes o Vicepresidentas de la Asamblea Nacional, magistrados o magistradas del Tribunal Supremo de Justicia, Presidente o Presidenta del Consejo Nacional Electoral, Procurador o Procuradora General de la República, Contralor o Contralora General de la República, Fiscal General de la República, Defensor o Defensora del Pueblo, Ministros o Ministras de los despachos relacionados con la seguridad de la Nación, finanzas, energía y minas, educación; Gobernadores o Gobernadoras y Alcaldes o Alcaldesas de los Estados y Municipios fronterizos y de aquellos contemplados en la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional.
Para ejercer los cargos de diputados o diputadas a la Asamblea Nacional, Ministros o Ministras; Gobernadores o Gobernadoras y Alcaldes o Alcaldesas de Estados y Municipios no fronterizos, los venezolanos y venezolanas por naturalización deben tener domicilio con residencia ininterrumpida en Venezuela no menor de quince años y cumplir los requisitos de aptitud previstos en la ley.
Este es el ejemplo que cita el académico Ignacio Bosque en su documento “Sexismo lingüístico y visibilidad de la mujer” y que toma a su vez de Ignacio M. Roca, “Todas las vascas son vascos, y muchos vascos también vascas. Género y sexo en el castellano”, en el Boletín de la Real Academia Española (tomo 89, 2009, pág. 78). El mismo ejemplo que trae a colación Alberto Gómez Font, en su artículo “Abogacía y corrección idiomática”, en la Revista de Llengua i Dret (núm. 51, 2009, pág. 187-200), y que califica de “vértigo del desdoblamiento a ultranza”.
Yo propongo otro ejemplo más cercano. Este, en la Ley 10/2006, de 29 de diciembre, de Agricultura y Alimentación Ecológica de Euskadi. En la exposición de motivos se puede leer:
El Consejo de Agricultura y Alimentación Ecológica de Euskadi está formado por el presidente o la presidenta, el vicepresidente o la vicepresidenta, representantes de los y las titulares de explotaciones de producción […]. Por su parte el director o la directora del consejo desempeñará las funciones de secretario o secretaria.
En el artículo 1.2. dice:
A la regulación y régimen de control indicado en el apartado anterior deberán someterse los operadores y las operadoras que produzcan, elaboren, almacenen, comercialicen o importen algún producto de los citados…
El legislador riza el rizo de lo imposible en el artículo 2, Registro de operadores y operadoras:
1. Los y las operadoras [sic] que produzcan, elaboren y almacenen…
Yo pensaba comentar lo que aquí traigo. Pero nadie mejor que el propio Ignacio Bosque en su documento citado cuando se refiere a los desdoblamientos:
Se trata, al parecer, de lograr que el lenguaje oficial se diferencie aún más del real. A los tan denostados eufemismos de los políticos y los economistas, que enmascaran o edulcoran, como sabemos, tantos aspectos de la realidad, parece que ha de agregarse ahora un nuevo código artificial, ajeno al lenguaje común, constituido por nuevos circunloquios, restringidos −como antes− al mundo oficial. A la vez, se acepta paradójicamente su propia artificiosidad al reconocer implícitamente que no tienen aplicación en la lengua de todos los días.
O sea, que en nuestro lenguaje coloquial, del día a día, nos comunicamos, y en el formal, que es el escrito, y en el que se relaciona la Administración con los ciudadanos, nos incomunicamos.
¿Quién cuando dice “mañana cenamos con unos amigos” o “esta tarde fui a recoger a los niños” piensa que está excluyendo a las amigas o a las niñas?
A los redactores del anuncio hay que agradecerles, en todo caso, que no hayan titulado “Selección del nuevo/-a rector/-a”. Algo es algo.
Cuestión de prioridades: de la ley al Diccionario, siete años
Con la nueva definición de matrimonio recogida en el Diccionario de la Real Academia Española (DRAE), la docta Casa se ha anticipado a la sentencia –parece que será favorable– del Tribunal Constitucional sobre la legalidad de la normativa que permite bodas gais en España. La Ley 13/2005 que sanciona el matrimonio homosexual fue recurrida por el Partido Popular (PP) hace siete años. Esta es la quinta revisión que hace la RAE a la 22ª edición de su Diccionario (2001), en la que ha incorporado o modificado 1697 voces. Desde entonces se han hecho 22.000 actualizaciones. Un gran esfuerzo y un buen trabajo. La sexta y última revisión coincidirá con la impresión de la 23ª edición del DRAE, que saldrá en otoño de 2014. Un año antes, en 2013, se celebrará el tercer centenario de la Real Academia.
El recurso del PP hace mención al artículo 32 de la Constitución. También a la “etimología latina del vocablo matrimonio”: “Numerosos autores consideran que matrimonio proviene de mater munium, oficio de madre…”. Y también al DRAE, en su definición de matrimonio como “unión de hombre y mujer”. Una cosa y otra se mantienen tras la modificación:
matrimonio.
[Antes]
(Del lat. matrimonĭum).
1. m. Unión de hombre y mujer concertada mediante determinados ritos o formalidades legales.
3. m. coloq. Marido y mujer. En este cuarto vive un matrimonio.[Ahora]
(Del lat. matrimonĭum).
1. m. Unión de hombre y mujer, concertada mediante ciertos ritos o formalidades legales, para establecer y mantener una comunidad de vida e intereses.
2. m. En determinadas legislaciones, unión de dos personas del mismo sexo, concertada mediante ciertos ritos o formalidades legales, para establecer y mantener una comunidad de vida e intereses.
4. m. Pareja unida en matrimonio. En este cuarto vive un matrimonio.
En la nueva segunda acepción el matiz está en lo de “en determinadas legislaciones”. La tercera acepción (antes, la segunda) se refiere al matrimonio en el catolicismo.

Las cuentas sobre el sí de la RAE al matrimonio homosexual se han echado a partir de la legalización de las bodas gais.
Los cambios en el Diccionario están consensuados entre las veintidós academias de la lengua española. El matrimonio homosexual está reconocido en otros países hispanohablantes, como México y Argentina. En España la acepción ya estaba reconocida desde 2009 por el Institut d’Estudis Catalans (IEC) y por la Acadèmia Valenciana de la Llengua (AVL). Esta revisión ha sido casi monotemática en los titulares: el sí de la RAE al matrimonio homosexual. Lógico, porque trae connotaciones políticas, ideológicas, religiosas, sentimentales, reivindicativas… Y la incorporación de esta acepción ha traído aplausos para la RAE que ayer eran críticas para la institución. Y es que, como bien sabemos, el lenguaje no es neutral.
Yo voy a dejar aquí, para la curiosidad del lector, algunas voces con el antes y ahora; y otras que (¡oh, la, la!) no se han modificado. El sexismo en el lenguaje todavía está ahí. Para quien lo quiera ver.
loro: persona muy fea [no hay discriminación de sexo].
callo: mujer muy fea [hay discriminación de sexo].ennoviarse: echarse novio [hay discriminación de sexo].
amancebamiento: trato sexual habitual entre hombre y mujer no casados entre sí.
mancebo: hombre soltero [no lleva connotación negativa].
manceba: concubina [lleva connotación negativa].
concubina: [antes] mujer que vive en concubinato [no reconocía concubino].
concubina, no: [ahora] persona que vive en concubinato [reconoce concubino].
concubinato: relación marital de un hombre con una mujer sin estar casados.
marital: perteneciente o relativo al marido o a la vida conyugal.
No parece que en estos casos, como en otros muchos, sea el BOE el que vaya a determinar su modificación en el Diccionario. Distintas voces, distintas velocidades.
Disparates ortográficos en los tratamientos de mujer y hombre
Leo en el periódico “El Mundo” (Madrid, España) un edicto del Juzgado de Primera Instancia de Madrid (1 de junio de 2012) –publicado por orden de la secretaria del Juzgado, Inmaculada G.–, cosas como estas: D. María del Carmen J.; Magistrado-Juez D./Dña. Mª Soledad E.; D. Aurora L. Y en la antefirma: EL/LA MAGISTRADO-JUEZ; EL/LA SECRETARIO.
El mismo texto aparece en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del 4 de junio, pero con algunos cambios en lo que aquí me interesa: doña María del Carmen J.; Magistrada-Juez doña M.ª Soledad E.; doña Aurora L. Y en la antefirma: El/La Magistrado-Juez; El/La Secretario.
Lo primero que hay que decir es que esto no lo ha redactado quien firma. Ya sabemos que en la Administración lo habitual es que unos elaboren los textos y otros los firmen. Lo segundo es un aplauso para los correctores del BOE, que han rectificado un copia/pega a los funcionarios de los Juzgados. Un acierto también pasar a minúsculas lo que iba todo en mayúsculas en la antefirma. Lo tercero es lamentar que la rectificación no haya sido completa. ¿Por qué “El/La Magistrado-Juez” y “El/La Secretario”?; porque son respectivamente la magistrada, María Soledad E. y la secretaria del Juzgado, Inmaculada G. Y además está la incongruencia de no completar el doblete: El/La Secretario/-a.
Más cosas. Mira tú por dónde aquí solo se cita a mujeres: Inmaculada G., María del Carmen J., María Soledad E. y Aurora L. ¿A qué viene esa abreviatura masculina (D.)? Claramente, porque alguien (con mucha prisa o con desgana) se ha limitado a cambiar los nombres en el original que sirve de matriz. Y luego, ni siquiera se ha molestado en modificar los tratamientos (siempre se ha hecho así, y andando). Lo de D./Dña. tiene un comentario específico. Es una forma equivocada, y por tanto errónea, de lenguaje no sexista. Porque lenguaje no sexista es tratar a la mujer como mujer y al hombre como hombre. Es una risa escribir cosas del tipo: Sr./Sra. D./D.ª Luis Fernández Corchado, secretario/-a de…, por ejemplo en la dirección de un sobre.
No hay problema para feminizar los cargos, las profesiones o los puestos de trabajo, aunque puede haber algunas excepciones. En este caso es, además, recomendable la forma femenina magistrada (mi corrector de Word se empeña todavía en cambiar la -a por una -o) y secretaria. No hay problema para utilizar jueza.
Por otra parte, la barra (/) es un signo ortográfico auxiliar que cuando se coloca entre dos palabras o entre una palabra y un morfema indica la existencia de dos o más opciones posibles. Así, por ejemplo: El/los día/-s pasado/-s; Querido/-a amigo/-a. En todo caso, y cuando se refiere a personas, es preferible reservar el uso de las barras para formularios, impresos de preinscripción, matrículas de estudios, etcétera. En estos casos cumple la función de simplificar el documento para rellenar.
Lo peor de todo esto es que podamos aceptar los disparates gramaticales y ortográficos como una singularidad del lenguaje administrativo o jurídico.
El cuento de la zorra…
La zorra salió un día de su casa para buscar qué comer. Era mediodía y no había desayunado. Al pasar por el bosque vio al cuervo, que estaba parado en la rama de un árbol y tenía en el pico un buen pedazo de queso. La zorra se sentó debajo del árbol, mirando todo el tiempo al cuervo, y le dijo estas palabras:
—Querido señor cuervo, ¡qué plumas tan brillantes y hermosas tiene usted! ¡Apenas puedo creerlo! Nunca he visto nada tan maravilloso. Me gustaría saber si su canto es igual de bonito, porque entonces no habrá duda de que es usted el rey de todos los que vivimos en el bosque.
El cuervo, muy contento de oír esas alabanzas, y con muchas ganas de ser el rey del bosque, quiso demostrarle a la zorra lo hermoso de su canto.
Abrió, pues, el pico y cantó así:
-¡Crrac!
La zorra se tapó las orejas, pero abrió bien el hocico para atrapar el queso que el cuervo dejó caer al abrir el pico. Lo atrapó, lo masticó despacio, lo saboreó, se lo tragó, y le dijo al cuervo:
—Muchísimas gracias, señor cuervo. ¡Qué sabroso desayuno!
La zorra se fue, relamiéndose los bigotes, y el cuervo se quedó muy pensativo.
[La versión original de La zorra y el cuervo se la debemos al fabulista Jean de la Fontaine (1621-1695).]
Según el juez, en sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia, la palabra zorra no siempre proyecta desprecio o menosprecio a la dignidad de la mujer porque tiene otras acepciones, como por ejemplo la de persona astuta, y, dicha palabra, no es expresiva de una posición de dominio o una exigencia de sumisión.
A mí me llega ahora a la memoria el poema de León Felipe:
Yo no sé muchas cosas, es verdad.
Digo tan sólo lo que he visto.
Y he visto:
que la cuna del hombre la mecen con cuentos,
que los gritos de angustia del hombre los ahogan con cuentos,
que el llanto del hombre lo taponan con cuentos,
que los huesos del hombre los entierran con cuentos,
y que el miedo del hombre…
ha inventado todos los cuentos.
Yo no sé muchas cosas, es verdad,
pero me han dormido con todos los cuentos…
y sé todos los cuentos.
¿Hace falta más?
Noticia sobre el lenguaje no sexista
Dice el aforismo periodístico que noticia es cuando el hombre muerde al perro. En el caso contrario —el perro muerde al hombre—, no hay noticia. En los tiempos que corren, y para lo que nos ocupa, aquello que vaya en la dirección contraria del lenguaje políticamente correcto será noticia. Y, en ese sentido, un cierto revuelo ha causado la consejera de Educación del Principado de Asturias, recién estrenada en su puesto, Ana Isabel Álvarez, por romper un tabú feminista. Así, como quien no quiere la cosa, ha incluido en sendas circulares de principio de curso escolar la siguiente frase:
Todas las referencias para las que se usa la forma de masculino genérico, deben entenderse aplicables indistintamente a mujeres y hombres.
[Último párrafo de la página 2, en la Introducción]
En realidad, solo ha subrayado lo que dice la Real Academia Española (RAE) y que se reproduce aquí mismo, en este blog. Y digo bien, subrayado, porque en el texto de las dos circulares se mantiene la ortodoxia para el lenguaje no sexista: profesorado, alumnado, Dirección del centro, jefatura de estudios, profesor o profesora de apoyo… Aunque es verdad que se incorporan otras expresiones como: alumnos, directores de los centros, tutores, profesores itinerantes…, que tienen en el texto carácter genérico (masculino y femenino) y no se incluyen desdoblamientos, por fortuna, del tipo las/los profesores/-as, algo del todo incorrecto.







