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Archivo para la Categoría "Estilo administrativo"

Fórmulas corteses no son fórmulas cortesanas

27/02/2013 2 comentarios
Cortesía, sí; cortesano, no. El ciudadano quiere respeto y corrección (ilustración Bayuela).

Cortesía, sí; cortesano, no. El ciudadano quiere respeto y corrección (ilustración: Bayuela; archivo: ClipArt ETC).

Me entregaron el sobre en mano y firmé el recibí. Era una carta del Rectorado en la que se leía al final: “Se le agradecen los servicios prestados”. Una fórmula de cortesía de la Administración para comunicarte que has cesado en tu puesto de confianza. En mi caso terminaba mi etapa como jefe del Gabinete de Prensa de la UCM: “Demasiado frío“, pensé, ante lo estereotipado de la frase.

Pero así era. Solo que a mí me faltaba costumbre; entre otras cosas, porque no estaba lejano el día en que había llegado de la empresa privada, donde estos usos no se llevan.

El caso es que las fórmulas de cortesía en la Administración son, y deben ser, expresión de urbanidad y corrección. Muchas veces los ciudadanos tienen –tenemos– la sensación de que se nos recuerda con demasiada crudeza las sanciones en que podemos incurrir si no hacemos tal o cual cosa en un plazo determinado. Pero la firmeza no está reñida con la corrección y el ciudadano se merece siempre un trato amable. Aunque sea para recordarle sus obligaciones.

Algunas expresiones de suavidad son: “…es necesario interrumpir el periodo hábil de caza…”; “…es preciso, para prevenir posibles daños…”; “…resulta conveniente aplicar la regulación…”; “…por lo que se hace aconsejable la intervención…”.

En algunos casos se trata de mandatos encubiertos: “…por la presente se le invita a usted para que, en el plazo improrrogable…”; “…si atendiendo la invitación ingresase las cuotas dentro del plazo señalado…”.

Luego está la tendencia administrativa al eufemismo, para vestir con palabras amables noticias poco agradables: “…le rozó levemente con el espejo retrovisor derecho, lo que provocó un intercambio de palabras entre ambos”; “…no someterse a las pruebas reglamentariamente establecidas para comprobación del grado de intoxicación por alcohol…”; “…el recurrente fue […] invitado reiteradamente a efectuar la prueba de impregnación alcohólica en la sangre”.

Por suerte para el ciudadano, la situación inversa −es decir, cuando es él quien se dirige a la Administración−, ha de estar desprovista de cualquier connotación reverencial. Así, y para los documentos administrativos ciudadanos, se han suprimido los tratamientos honoríficos como Vuestra Ilustrísima (V.I.), Vuestra Excelencia (V.E.), Excelentísimo (Excmo.) o Ilustrísimo (Ilmo.), que se deben sustituir por señor o señora. Del mismo modo están desterradas expresiones que conlleven una posición de inferioridad como “…tiene el honor de exponer…” o “…respetuosamente suplica…”.

Claro que siempre hay maneras de entender las cosas. Cuenta el académico Gregorio Salvador que cuando él era director de Departamento en su Facultad le llegó una instancia donde “tras mucho Ilmo. Sr. y mucho Expone y mucho Suplica, concluía de este sorprendente modo: «Muchos besos de Estrella»”.

Y en todo caso, más disculpa tendrá para Estrella que para el funcionario que escribió (en forma amable, pero torpe) el siguiente texto:

Examinada su solicitud de Subsidio [sic] de desempleo de fecha… y Resultando que según certificación que Vd. ha presentado puede jubilarse en estos momentos, ya que tiene cotizaciones anteriores a 1-1-67 y por tanto no tiene derecho a subsidio para mayores de 55 años, es decir, que Vd. puede jubilarse en estos momentos.

Tal cual. O sea, subsidio, no; jubilación, sí. Fácil, ¿no?

Impropiedad léxica o cuando a las palabras se les atribuye un significado que no tienen

13/02/2013 4 comentarios

Hojeando la prensa me encuentro con el anuncio de AENA (Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea) que reproduzco aquí. Ha sido el título lo que ha llamado mi atención: Comunicación de apertura de proposiciones económicas. ¿De proposiciones económicas?, o, mejor, ¿de propuestas económicas?

"Proposiciones económicas" o ¿"propuestas económicas"?

“Proposiciones económicas” o ¿”propuestas económicas”?

Por no perdernos en vericuetos. Si vamos a la tercera acepción de la palabra propuesta (DRAE), nos encontramos:

Consulta de un asunto o negocio a la persona, junta o cuerpo que lo ha de resolver.

Esta es la que parece idónea para el caso que nos ocupa. Sin embargo, lo de “proposiciones económicas” forma parte del léxico administrativo y ahí está en el BOE (Boletín Oficial del Estado) desde hace decenas de años. Más acostumbrados estamos, pienso, a la expresión proposición de ley, también en el DRAE (Diccionario de la Real Academia):

Texto ajustado a los requisitos y presentado por las Cámaras legislativas o por iniciativa extraparlamentaria, para su tramitación y aprobación como ley.

Uno de los errores frecuentes en el lenguaje administrativo es el de impropiedad léxica (falta de propiedad), lo que ocurre cuando se les atribuye a las palabras un significado que no tienen (no es lo mismo estar en el candelero que estar en el candelabro). Descontada la razón de la ignorancia, la confusión puede venir por el parecido fónico (ascendencia no es influencia, por ejemplo), por una traducción apresurada al castellano (balance no es resultado) o por influencia de los medios de comunicación que reproducen el lenguaje de los políticos (la ley contempla, por la ley establece, regula, dispone, obliga, recoge, fomenta, contiene…).

Un muestrario de palabras a las que se les suele atribuir un significado distinto del verdadero sería (en negritas la apropiada):

130211 Impropiedad

A cada palabra, su significado (ilustración: Bayuela).

    • adolecer/carecer
    • ascendencia/influencia
    • avanzar/adelantar
    • balance/resultado
    • cesar (a alguien)/destituir
    • contabilizar/contar
    • contemplar/tener en cuenta
    • concluir/acabar, finalizar
    • conducir/dirigir
    • detentar/ejercer
    • dinamizar/activar, estimular
    • eficiencia/eficacia
    • fuerte/importante
    • ignorar/desestimar, desoír, rechazar
    • implementar/aplicar, ejecutar
    • inaudito/insólito
    • ostentar (un cargo)/desempeñar (un cargo)
    • perseguir/pretender, intentar
    • prever/planear, tener la intención
    • problemática/problema
    • profundizar/proseguir
    • reticente/reacio, remiso
    • señalizar/señalar
    • visionar/visualizar

¿Quién no tiene dudas? Después de escribir, repasar; después de repasar y, previa consulta al diccionario, corregir. Yo también dudo. Y mucho.

Frases largas, estilo farragoso: párrafos administrativos incomprensibles

07/02/2013 5 comentarios
Los párrafos breves son más fáciles de leer. (Tomado de Plain Language Australia: http://www.plainlanguageaustralia.com/).

Los párrafos breves y concisos son más fáciles de leer. (Imagen tomada de http://www.plainlanguageaustralia.com/).

Lo normal a la hora de ponernos a escribir viene siendo lo que nos explicaron ya de pequeños en el colegio o en la escuela: sujeto, verbo y predicado (Juan come poco). Es la forma más clara de decir algo. Si a ese mensaje le voy añadiendo información (Juan, cuando va al colegio, come poco), empiezo a distanciar la acción que expresa el verbo (comer) del sujeto (Juan). En realidad puedo precisar más (Juan, cuando va al colegio, y está resfriado, come poco) y más (Juan, cuando va al colegio los lunes por la mañana y está resfriado, come poco) y más (Juan, cuando va al colegio, acompañado de su madre los lunes por la mañana y está resfriado, come poco) y más (Juan, cuando va en coche al colegio acompañado de su madre, los lunes por la mañana, y está resfriado, come poco). A estas alturas, lo mismo nos tenemos que preguntar quién come poco.

En el lenguaje administrativo podríamos encontrarnos con esta frase: “El titular podrá ejercer el derecho de oposición”. Pero es más probable que nos encontremos con esta: “El titular, debidamente acreditado, podrá ejercer el derecho de oposición”. Más probable todavía sería esta: “Solo el titular, debidamente acreditado, podrá ejercer el derecho de oposición”. Hasta aquí tendríamos suerte, porque se entiende sin esfuerzo de nuestra parte lo que dice. Pero el lenguaje administrativo gusta de una precisión que suele acabar en laberinto:

El ejercicio del derecho de oposición es personalísimo, lo que significa que el titular de los datos personalmente deberá dirigirse a dicha entidad [se refiere a la página de internet donde aparecen sus datos] (salvo en el caso de menores de edad o incapacitados o salvo poder expreso y por escrito del titular de los datos y fotocopia de los dos DNI) utilizando cualquier medio que permita acreditar el envío y la recogida de su solicitud, para el ejercicio de sus derechos, acompañando copia de su D.N.I. Puede sustituirse la presentación del documento de identidad por el uso de la firma electrónica identificativa.

Doy fe de que la frase está reproducida con respeto absoluto a la puntuación y a los subrayados. Aparece en una carta que firma (aunque no la haya escrito) el jefe de Área de Atención al ciudadano de la Agencia Española de Protección de Datos, en diciembre de 2011.

Los incisos alargan la frase y difuminan el mensaje. Podemos observar algunos vicios característicos del lenguaje administrativo.

  • Frases largas, cargadas de incisos. Aquí, 76 palabras en la primera oración. Lo ideal es que hubiera un máximo de 30 palabras.
  • Curioso superlativo: personalísimo.
  • Ruptura sintáctica (anacoluto): El titular de los datos personalmente deberá dirigirse… (¿es el titular personalmente de los datos?, o ¿deberá dirigirse personalmente?, o ¿sobra personalmente?: El titular de los datos deberá dirigirse…). También: Utilizando cualquier medio que permita acreditar el envío y la recogida de su solicitud… (¿acreditar el envío?, o ¿que le permita acreditarse con su DNI?
  • Doble sentido de las palabras (anfibología): …salvo poder
  • Dos gerundios en la misma frase que afean la expresión: utilizando, acompañando.
  • Forma incorrecta de las siglas: D.N.I. (aparece bien escrito en el mismo párrafo: DNI).
  • Redundancia innecesaria: firma electrónica identificativa (bastaba con firma electrónica).
  • En la última frase sobrael uso de”: Puede sustituirse […] por la firma electrónica.

La redacción original, bien podía haber sido ésta (sin subrayados y con negritas):

El titular de datos personales publicados en internet puede reclamar en derecho que se retiren. Deberá identificarse mediante el DNI o la firma electrónica. Si se trata de menores de edad o personas con discapacidad o que tienen que delegar en otra persona, quien los represente deberá adjuntar copia de los dos DNI.

En resumen:

  • Frases de no más de 30 palabras.
  • Una sola idea por oración.
  • Información ordenada: lo más importante, al principio.
  • La información adicional mejor si va en otras frases y no en oraciones subordinadas.
  • Repaso de lo escrito para evitar repeticiones y redundancias.
  • Puntuación correcta.

El ciudadano no tiene por qué verse obligado a descifrar los mensajes de la Administración. Los textos ganan en claridad cuando seleccionamos la información útil.

Ni ejemplaridad ni honradez ni austeridad

30/01/2013 5 comentarios
La Ley de Transparencia no quiere regalos "que superen los usos habituales, sociales o de cortesía". Ilustración: Bayuela.

La Ley de Transparencia no quiere regalos “que superen los usos habituales, sociales o de cortesía”. Ilustración: Bayuela.

Con la que está cayendo bien podríamos tener un anticipo del Título II de la Ley de Transparencia, que se refiere al Buen Gobierno (¿por qué “gobierno” con mayúscula?). Alude a los altos cargos de la Administración (de todas las administraciones) y lo traigo aquí para que el personal se vaya empapando. En su artículo 23.2 dice que [las personas comprendidas en el ámbito de aplicación de este Título] adecuarán su actividad a los siguientes principios éticos:

1. º Actuarán con transparencia en la gestión de los asuntos públicos, de acuerdo con los principios de eficacia, economía y eficiencia y con el objetivo de satisfacer el interés general.

2. º Ejercerán sus funciones de buena fe y con dedicación al servicio público, absteniéndose de cualquier conducta que sea contraria a estos principios.

3. º Respetarán el principio de imparcialidad, de modo que mantengan un criterio independiente y ajeno a todo interés particular.

4. º Asegurarán un trato igual y sin discriminaciones de ningún tipo en el ejercicio de sus funciones.

5. º Actuarán con la diligencia debida en el cumplimiento de sus obligaciones y fomentarán la calidad en la prestación de servicios públicos.

6. º Mantendrán una conducta digna y tratarán a los ciudadanos con esmerada corrección.

7. º Asumirán la responsabilidad de las decisiones y actuaciones propias y de los organismos que dirigen, sin perjuicio de otras que fueran exigibles legalmente.

Los principios de actuación son los que siguen:

1. º Desempeñarán su actividad con plena dedicación y con pleno respeto a la normativa reguladora de las incompatibilidades y los conflictos de intereses.

2. º Guardarán la debida reserva respecto a los hechos o informaciones conocidos con motivo u ocasión del ejercicio de sus competencias.

3. º Pondrán en conocimiento de los órganos competentes cualquier actuación irregular de la cual tengan conocimiento.

4. º Ejercerán los poderes que les atribuye la normativa vigente con la finalidad exclusiva para la que les fueron otorgados y evitarán toda acción que pueda poner en riesgo el interés público, el patrimonio de las Administraciones o la imagen que debe tener la sociedad respecto a sus responsables públicos.

5. º No se implicarán en situaciones, actividades o intereses incompatibles con sus funciones y se abstendrán de intervenir en los asuntos en que concurra alguna causa que pueda afectar a su objetividad.

6. º No aceptarán para sí regalos que superen los usos habituales, sociales o de cortesía, ni favores o servicios en condiciones ventajosas que puedan condicionar el desarrollo de sus funciones. En el caso de obsequios de una mayor relevancia institucional se procederá a su incorporación al patrimonio de la Administración Pública correspondiente.

7. º Desempeñarán sus funciones con transparencia.

8. º Gestionarán, protegerán y conservarán adecuadamente los recursos públicos, que no podrán ser utilizados para actividades que no sean las permitidas por la normativa que sea de aplicación.

9. º No se valdrán de su posición en la Administración para obtener ventajas personales o materiales.

El caso es que ya existe un Código de Buen Gobierno de los miembros del Gobierno [sic] y de los altos cargos de la Administración General del Estado (2005), que se lo debemos al que fue ministro de Administraciones Públicas, Jordi Sevilla, quien lo hizo bastante bien, por cierto. Este Código trae una serie de principios éticos y de conducta que más adelante desarrolla. Así, objetividad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, eficacia, accesibilidad, igualdad entre hombres y mujeres, todos ellos recogidos en la Ley de Transparencia. Y sin embargo, hay algunos principios que se citan en este Código y que se han caído en el refrito de la ley que se tiene que aprobar: integridad, neutralidad, ejemplaridad, austeridad y honradez.

Dice el filósofo Javier Gomá (Ejemplaridad pública: 2009) que “en una sociedad justa cumplir la ley es condición necesaria, pero no suficiente“. Este Buen gobierno que se nos anuncia se refiere, sanciones incluidas, al cumplimiento de la ley, pero descuida una ejemplaridad exigible a unos cargos financiados con dinero público. Más completo sigue siendo el Código de Conducta que recoge el Estatuto básico del empleado público (artículos 52-54).

Esta especie de vademécum, o código de buen gobierno descafeinado, con lecciones de urbanidad incluidas (“tratarán a los ciudadanos con esmerada corrección“) casi parece un chiste flojo. Con la que está cayendo.

Cuando el lenguaje enigmático se apodera de los textos administrativos

23/01/2013 7 comentarios
Ilustración: Bayuela.

Si el funcionario escribe para el funcionario, el ciudadano no se entera. Ilustración: Bayuela.

Ese carácter esotérico, críptico, más propio de una especie de sociedad secreta, que adquiere a veces el lenguaje administrativo se manifiesta especialmente en fórmulas y muletillas. Los funcionarios escriben para los funcionarios. Y el ciudadano, verdadero y último destinatario de los mensajes de la Administración, se convierte en un ente ajeno. Esto viene de lejos, de cuando la actitud administrativa era graciable, porque había súbditos y no ciudadanos. Las fórmulas de entonces son hoy expresiones fosilizadas, arcaísmos administrativos. Y el caso es que ahí están. Vivitas y coleando.

Consulto al oráculo Google la frase “para su conocimiento y demás efectos” y me lanza de primeras un oficio del año 2006 de la Junta de Andalucía que comienza así: “Para su conocimiento y efectos oportunos”, un ejemplo muy extendido de arcaísmo administrativo. Vale lo de “para su conocimiento”, aunque innecesario, porque va de suyo; pero es que lo de “efectos oportunos” o “demás efectos” tiene algo de enigmático, incluso de inquietante. Se trata de una fórmula-cliché, que se coloca sí o sí para marcar territorio, que sobra.

Lo de "efectos oportunos" tiene algo de enigmático, de inquietante...

Lo de “efectos oportunos” tiene algo de enigmático, de inquietante…

Y en este modelo de plantillas amoldables a todas las circunstancias, el Manual de estilo del lenguaje administrativo (MELA 1997: 142) nos trae algunos ejemplos:

-Y para que así conste y a petición del interesado…
-De conformidad con lo establecido en el presente Reglamento…
-Es por lo que… se le notifica…
-Contra esta resolución cabe interponer recurso de…
-Vistos los preceptos legales de general y pertinente aplicación al caso y en particular
-Se le tendrá por notificado a todos los efectos legales.
-Lo que se hace público para general conocimiento.

Clichés y muletillas se amontonan y ensartan unas con otras:

…el presente escrito surtirá efectos de… en el supuesto de que… participándole el derecho que le asiste en este caso, de conformidad con… de alegar por escrito, con aportación o proposición de las pruebas que considere… dentro del plazo.

La cuestión que aquí se plantea con el uso de muletillas y arcaísmos es que nadie hoy habla –ni escribe– así. Es decir, que con independencia de que el lenguaje administrativo sea –que lo es– un lenguaje especializado, con un léxico propio, el ciudadano no entiende lo que se le dice porque se le habla de manera extraña. Otro ejemplo de reliquia de la lengua de tiempos pasados lo tenemos en el futuro del subjuntivo. Aquí hay además de error, horror, una perla de las buenas:

Si la reposición de la infracción llevase aparejada una actuación del infractor, y éste no la realizare en el tiempo convenido, el Ayuntamiento […] podrá realizar dicha actuación […]. Esta actuación se podrá producir especialmente cuando se abandonare en la vía pública basuras, escombros, vehículos abandonados o cualquier otro objeto que ensuciare o entorpeciese la libre circulación.

(Ordenanza municipal).

En vez de realizare, mejor realizara o realizase (imperfecto de subjuntivo); en vez de abandonare, mejor abandone (presente de subjuntivo); en vez de ensuciare, mejor ensucie (presente de subjuntivo), y en vez de entorpeciese, entorpezca (presente de subjuntivo).

En el boletín oficial de una importante universidad de Madrid (16 de marzo de 2009), se nos explica mediante una interesante fórmula algorítmica la manera de distribuir sesenta plazas de catedrático en los departamentos que correspondan a los profesores acreditados, “según el orden decreciente del número N obtenido aplicando la fórmula:

N=R * {R/P} + 0,25 * Q
Donde: R es el número de sexenios reconocidos; P es el número de sexenios posibles y Q es el número de quinquenios reconocidos.
[…]
En todo caso, el valor máximo de {R/P} será la unidad.

Acepto soluciones. Gracias.

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